22/08/02
22/08/02
– SE MANTIENE INTERVENCIÓN DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “HOGAR DE ANCIANOS
DE CHUY”
VISTO:
La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de mayo de 2002, por la que
se dispuso la Intervención de la asociación civil denominada "HOGAR
DE ANCIANOS DE CHUY", con sede en el Departamento de Rocha, por un
plazo de seis meses a partir de la toma de posesión de su cargo por parte
del Interventor nombrado, Señora Gladys Mabel De León;
RESULTANDO
I) Con fecha 20 de Junio de 2002, quienes expresan ser integrantes de
la Comisión Directiva de dicha institución, interponen recurso de
revocación contra la citada resolución, por entender que ellos deberían
haber asumido la función de regularizar la entidad, sin perjuicio de
mantenerse un estricto contralor al respecto por
parte de este Ministerio;
II)
No obstante, los comparecientes reconocen que esta institución no ha
cumplido con las normas estatutarias que rigen su organización y
funcionamiento desde hace muchos años, irregularidades que para ellos
eran notorias;
CONSIDERANDO:
I)
Que, las graves irregularidades comprobadas en el funcionamiento de la
institución, así como que la asociación se encontraba
acéfala al carecer de legitimidad sus directivos, fueron las razones
determinantes para disponer y mantener la intervención de la misma, por
lo cual no corresponde hacer lugar al recurso de revocación interpuesto;
II)
Que, en ese sentido, tanto la Asesoría Letrada de Asociaciones Civiles y
fundaciones como la Fiscalía de Gobierno de 2° Turno, expresan
que la intervención dispuesta no constituye una sanción ni causa un
perjuicio a la institución, sino una medida cautelar que procura que
ésta retome el camino legal y el funcionamiento que le corresponden
dentro del marco de su estatuto; ATENTO: a
lo informado por el Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones
de la Dirección General de Registros, lo dictaminado por el Señor Fiscal
de Gobierno de 2° Turno, y a lo dispuesto en el Decreto-Ley N° 15.089 de
12 de diciembre de 1980;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
NO ha lugar al recurso de revocación presentado contra la Resolución del
Poder Ejecutivo, de fecha 28 de mayo de 2002, que dispuso la intervención
de la asociación civil denominada "HOGAR DE ANCIANOS DE CHUY",
con sede en el Departamento de Rocha.
2°)
COMUNÍQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1º y 2° Turno, a la
Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la
Dirección general de Registros (Servicio de Asociaciones Civiles y
Fundaciones) para la notificación correspondiente
y demás efectos.
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