22/08/02      

22/08/02 – SE MANTIENE INTERVENCIÓN DE LA ASOCIACIÓN CIVIL “HOGAR DE ANCIANOS DE CHUY”

VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de mayo de 2002, por la que se dispuso la Intervención de la asociación civil denominada "HOGAR DE ANCIANOS DE CHUY", con sede en el Departamento de Rocha, por un plazo de seis meses a partir de la toma de posesión de su cargo por parte del Interventor nombrado, Señora Gladys Mabel De León;

RESULTANDO I) Con fecha 20 de Junio de 2002, quienes expresan ser integrantes de la Comisión Directiva de dicha institución, interponen recurso de revocación contra la citada resolución, por entender que ellos deberían haber asumido la función de regularizar la entidad, sin perjuicio de mantenerse un estricto contralor al respecto por parte de este Ministerio;

II) No obstante, los comparecientes reconocen que esta institución no ha cumplido con las normas estatutarias que rigen su organización y funcionamiento desde hace muchos años, irregularidades que para ellos eran notorias;

CONSIDERANDO: I) Que, las graves irregularidades comprobadas en el funcionamiento de la institución, así como que la asociación se encontraba acéfala al carecer de legitimidad sus directivos, fueron las razones determinantes para disponer y mantener la intervención de la misma, por lo cual no corresponde hacer lugar al recurso de revocación interpuesto;

II) Que, en ese sentido, tanto la Asesoría Letrada de Asociaciones Civiles y fundaciones como la Fiscalía de Gobierno de 2° Turno, expresan que la intervención dispuesta no constituye una sanción ni causa un perjuicio a la institución, sino una medida cautelar que procura que ésta retome el camino legal y el funcionamiento que le corresponden dentro del marco de su estatuto; ATENTO: a  lo informado por el Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la Dirección General de Registros, lo dictaminado por el Señor Fiscal de Gobierno de 2° Turno, y a lo dispuesto en el Decreto-Ley N° 15.089 de 12 de diciembre de 1980;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) NO ha lugar al recurso de revocación presentado contra la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 28 de mayo de 2002, que dispuso la intervención de la asociación civil denominada "HOGAR DE ANCIANOS DE CHUY", con sede en el Departamento de Rocha.

2°) COMUNÍQUESE a las Fiscalías de Gobierno de 1º y 2° Turno, a la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura y pase a la Dirección general de Registros (Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones) para la notificación correspondiente  y demás efectos.