03/09/02
03/09/02
- SE AUTORIZA A LA COMPAÑÍA ALMIRÓN Y CIA. S.R.L. EL USO DE
EMBARCACIONES ARGENTINAS PARA LA REMOSIÓN DE BUQUES VARADOS
Visto:
las presentes actuaciones por las cuales la compañía Almirón &
Cía. S.R.L., solicita se le conceda autorización para el uso en aguas
jurisdiccionales de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas
"CECILIA l” y "PONTON GRUA 914",con el fin de realizar
trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG
57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la
Bahía del Puerto de Montevideo.-
Considerando:
I) que la Dirección Registral y de Marina Mercante informó que podría
accederse a la utilización de las mencionadas embarcaciones dado que en
el país no existen disponibles embarcaciones similares para realizar este
tipo de trabajo.-
II)
que el fin que motiva dicha solicitud es la necesidad de desarrollar
trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques mencionados.-
III)
lo dispuesto por el artículo 309 de la Ley 14.106 de 13 de marzo de 1973,
modificativo del articulo 1ro. de la Ley 12.091 de 5 de enero de 1954.-
Atento:
a lo expuesto precedentemente y a lo informado por el Comando General de
la Armada, con el asesoramiento de la Prefectura Nacional Naval.-
El
Presidente de la República, Resuelve:
1ro.-
Autorizase con carácter de excepción a la Compañía Almirón &
Cía. S.R.L., el uso de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas
"CECILIA l” y "PONTON GRUA 914", las que realizarán
trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG
57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la
Bahía del Puerto de Montevideo.-
2do.-
Establécese que el período para la utilización de las embarcaciones de
referencia es de noventa días salvo que el país cuente con embarcaciones
que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.-
3ro.-
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada, a sus
efectos. Cumplido, archívese.-
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