| 
       03/09/02 
      03/09/02
      - SE AUTORIZA A LA COMPAÑÍA ALMIRÓN Y CIA. S.R.L. EL USO DE
      EMBARCACIONES ARGENTINAS PARA LA REMOSIÓN DE BUQUES VARADOS 
      Visto:
      las presentes actuaciones por las cuales la compañía Almirón &
      Cía. S.R.L., solicita se le conceda autorización para el uso en aguas
      jurisdiccionales de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas
      "CECILIA l” y "PONTON GRUA 914",con el fin de realizar
      trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG
      57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la
      Bahía del Puerto de Montevideo.- 
      
       
      Considerando:
      I) que la Dirección Registral y de Marina Mercante informó que podría
      accederse a la utilización de las mencionadas embarcaciones dado que en
      el país no existen disponibles embarcaciones similares para realizar este
      tipo de trabajo.- 
      
       
      II)
      que el fin que motiva dicha solicitud es la necesidad de desarrollar
      trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques mencionados.-
      
       
      III)
      lo dispuesto por el artículo 309 de la Ley 14.106 de 13 de marzo de 1973,
      modificativo del articulo 1ro. de la Ley 12.091 de 5 de enero de 1954.- 
      
       
      Atento:
      a lo expuesto precedentemente y a lo informado por el Comando General de
      la Armada, con el asesoramiento de la Prefectura Nacional Naval.- 
      
       
      El
      Presidente de la República, Resuelve:
      
       
      1ro.-
      Autorizase con carácter de excepción a la Compañía Almirón &
      Cía. S.R.L., el uso de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas
      "CECILIA l” y "PONTON GRUA 914", las que realizarán
      trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG
      57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la
      Bahía del Puerto de Montevideo.- 
      
       
      2do.-
      Establécese que el período para la utilización de las embarcaciones de
      referencia es de noventa días salvo que el país cuente con embarcaciones
      que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.- 
      
       
      3ro.-
      Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada, a sus
      efectos. Cumplido, archívese.-
       
      |