03/09/02

03/09/02 - SE AUTORIZA A LA COMPAÑÍA ALMIRÓN Y CIA. S.R.L. EL USO DE EMBARCACIONES ARGENTINAS PARA LA REMOSIÓN DE BUQUES VARADOS

Visto: las presentes actuaciones por las cuales la compañía Almirón & Cía. S.R.L., solicita se le conceda autorización para el uso en aguas jurisdiccionales de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas "CECILIA l” y "PONTON GRUA 914",con el fin de realizar trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG 57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la Bahía del Puerto de Montevideo.-

Considerando: I) que la Dirección Registral y de Marina Mercante informó que podría accederse a la utilización de las mencionadas embarcaciones dado que en el país no existen disponibles embarcaciones similares para realizar este tipo de trabajo.-

II) que el fin que motiva dicha solicitud es la necesidad de desarrollar trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques mencionados.-

III) lo dispuesto por el artículo 309 de la Ley 14.106 de 13 de marzo de 1973, modificativo del articulo 1ro. de la Ley 12.091 de 5 de enero de 1954.-

Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por el Comando General de la Armada, con el asesoramiento de la Prefectura Nacional Naval.-

El Presidente de la República, Resuelve:

1ro.- Autorizase con carácter de excepción a la Compañía Almirón & Cía. S.R.L., el uso de las embarcaciones de Bandera Argentina denominadas "CECILIA l” y "PONTON GRUA 914", las que realizarán trabajos de retiro y traslado de los restos de los buques "DONG BANG 57" y "DONG BANG 59", que se encuentran varados en la Bahía del Puerto de Montevideo.-

2do.- Establécese que el período para la utilización de las embarcaciones de referencia es de noventa días salvo que el país cuente con embarcaciones que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.-

3ro.- Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada, a sus efectos. Cumplido, archívese.-