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       04/09/02 
      19/08/02
      – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN N° 783 DE LA DIVISIÓN SERVICIOS JURÍDICOS
      DEL MGAP DE 30/10/2001 
      VISTO:
      los
      recursos de revocación y jerárquico en subsidio, interpuestos por la
      firma AGROVEC, contra la resolución N° 783 de la División Servicios
      Jurídicos, de fecha 30 de octubre de 2001; 
      
       
      RESULTANDO:
      I)
      por la citada resolución se aplicó a la recurrente una multa de 40 U.R.
      y el decomiso ficto del producto denominado "Ración Ponedora en
      Piso", fijándose el precio en la suma de $ 522, por infracción a lo
      dispuesto el literal A) Inc. 2° del decreto N° 328/993, de 14 de julio
      de 1993; 
      
       
      Il)
      la impugnante interpuso los recursos de que se trata, agraviándose de la
      citada resolución alegando absoluta involuntariedad en la comisión de la
      infracción y que en lo medular no se alteró la composición porcentual
      de los ingredientes del producto; 
      
       
      lll)
      la División Servicios Jurídicos, previo informe del Área Servicios
      Agrícolas de la Dirección General de Servicios Agrícolas, por
      resolución N° 661 de 12 de julio de 2002, no hizo lugar al recurso de
      revocación, franqueando el jerárquico subsidiariamente interpuesto; 
      
       
      IV)
      la Asesoría Letrada Adjunta aconseja confirmar en la alzada la
      resolución recurrida, ya que la infracción .fue debidamente comprobada y
      reconocida por la firma, resultando jurídicamente irrelevantes los
      agravios alegados para desvirtuar la imputación infraccional; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      de
      recibo las razones invocadas por la Asesoría Letrada Adjunta se
      procederá a confirmar en la alzada, la resolución recurrida por la firma
      AGROVEC; 
      
       
      ATENTO:
      a
      .lo preceptuado por el Art. 317 de la Constitución de la República,
      decreto-ley N° 15.524, de 9 de enero de 1984, ley N° 15.869, de 22 de
      junio de 1987 y el Texto Ordenado de las delegaciones de atribuciones del
      Poder Ejecutivo, aprobado por resolución N° 13/993, de 12 de enero de
      1993, 
      
       
      EL
      MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y
      PESCA EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS
      
       
      RESUELVE
      
       
      1°) Confírmase la
      resolución N° 783 de la División Servicios Jurídicos de fecha 30 de
      octubre de 2001. 
      2°)
      Dése cuenta a la Presidencia de la República. 
      
       
      3°)
      Comuníquese, notifíquese a la recurrente en el domicilio constituido a
      fs.18 y cumplido vuelva a sus efectos a la División Servicios Jurídicos.
      
      
       
       
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