04/09/02
04/09/02
– MODIFICACIONES EN PLANILLADO ANEXO A LA LEY PRESUPUESTAL, INCISO 11
–PROGRAMAS 009 Y 011- DEL MEC
VISTO:
la gestión iniciada por el Ministerio de Educación y Cultura,
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en la Ley de Presupuesto N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.
RESULTANDO: I) que
se constató que se había cometido error al proyectar y registrar, en el
Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura" , Programa 009
"Inscripción y Certificación de Actos y Contratos" , Unidad
Ejecutora 018 "Dirección General de Registros" , los Objetos
081 "Aporte Patronal al sistema de Seguridad Social" y 082
"Otros Aportes Patronales sobre Retribuciones" .
II)
que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 342° de la Ley N° 17.296,
de 21 de febrero de 2001, la Unidad Ejecutora 021 "Dirección General
del Registro de Estado Civil", del Inciso 11 "Ministerio de
Educación y Cultura" , se encuentra facultada para celebrar los
convenios que estime convenientes para brindar información a los usuarios
a efectos de la mejor prestación de sus servicios o del
mejor aprovechamiento de su capacidad técnica, material y humana.
III)
que allí se establece que la mencionada Unidad Ejecutora destinará lo
recaudado para la promoción social de sus recursos humanos, no siendo de
aplicación en este caso lo dispuesto por el artículo 594° de la Ley N°
15.903, de 10 de noviembre de 1987.
IV)
que de acuerdo al análisis de los créditos y los recursos aprobados en
el planillado Anexo a la Ley de Presupuesto N° 17.296, de 21 de febrero
de 2001, se constató que por error se omitió registrar tanto el ingreso
como el gasto correspondiente a los mismos.
CONSIDERANDO:
que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y
omisiones.
ATENTO:
a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5° de
la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D
E C R E T A:
ARTÍCULO
1°.-
Modifícase, en el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero
de 2001, en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", Programa
009 "Inscripción y Certificación de Actos y Contratos" ,
Unidad Ejecutora 018 "Dirección General de Registros", para los
ejercicios 2002 a 2004, los créditos asignados a los Objetos 081
"Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social" y 082
"Otros Aportes Patronales sobre Retribuciones" , según el
siguiente detalle:
(a
valores 10 de enero de 2000)
OBJETO
FINANCIACION 1.1
FINANCIACION 1.2
081
851
574
082
18
-102
ARTICULO
2°.-
Modifícase el planillado anexo a la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de
2001, en el Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
Programa 011 "Inscripciones y Certificaciones Relativas al Estado
Civil de las Personas", Unidad Ejecutora 021 "Dirección General
del Registro de Estado Civil", Financiación 1.2, registrándose para
los ejercicio 2002 a 2004, los siguientes conceptos:
(a
valores 10 de enero de 2000)
CONCEPTO
IMPORTE
Gasto
068.000
2:058.000,oo
Recursos
211
101 011
2:058.000,oo
ARTÍCULO
3°.-
Dese cuenta a la Asamblea General.
ARTÍCULO 4º-
Comuníquese, publíquese, etc.
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