05/09/02
19/08/02
– CONFÍRMASE RESOLUCIÓN N° 388 DEL MGAP
VISTO:
los
recursos de revocación y jerárquico en subsidio, interpuestos por la
firma LANDASUR S.A., contra la resolución N° 388 de la División
Servicios Jurídicos de fecha 3 de abril de 2002;
RESULTANDO:
I)
por la citada resolución se aplicó a la recurrente, en su calidad de
Permisaria del B/P "NONI”, con permiso vigente en la Categoría
"C”, una multa de 250 U.R., por el descargo de 100 cajas de corvina
y 14 de pescadilla de un total de 286 cajas de pescado, en infracción a
lo dispuesto por el Art. 16 del decreto N° 149/997, de 7 de mayo de 1997;
II)
la recurrente interpuso los recursos de que se trata, agraviándose de la
citada resolución, por considerar que la infracción no puede ser
considerada como grave y que los porcentajes de pescado desembarcados
deben calcularse respecto a la captura nominal y no con respecto a lo
desembarcado;
III)
la División Servicios Jurídicos, por resolución N° 793, de 19 de julio
de 2002, no hizo lugar al recurso de revocación y franqueó el
jerárquico subsidiariamente interpuesto;
IV)
la Asesoría Letrada Adjunta aconseja confirmar en la alzada la
resolución recurrida, ya que el informe de la DINARA contradice con
sólido fundamento técnico los agravios de la recurrente y, además, el
Art. 16 del decreto N° 149/997, al referirse a las categorías de
permisos comercial A, B Y C, refiere al concepto "desembarque” y,
en consecuencia, es a ese concepto al que corresponde remitirse por parte
del intérprete;
CONSIDERANDO:
de
recibo las razones invocadas por la Asesoría Letrada Adjunta, se
procederá a confirmar en la alzada, la resolución recurrida por la firma
LANDASUR S.A.;
ATENTO:
a
lo preceptuado por el Art. 31 7 de la Constitución de la República,
decreto -ley N° 15.524, de 9 de enero de 1984, ley N° ¡5.869, de 22 de
junio de 1987 y el Texto Ordenado de las delegaciones de atribuciones del
Poder Ejecutivo, aprobado por resolución N° 13/993, de 12 de enero de
1993,
EL
MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA,
EN
EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DELEGADAS,
RESUELVE
1°).-
Confirmase la resolución N° 388 de la División Servicios Jurídicos de
fecha 3 de abril de 2002.-
2°).
- Dése
cuenta a la Presidencia de la República. -
3°).- Comuníquese,
notifíquese a la recurrente en el domicilio constituido a fs. 31 y
cumplido, vuelva -a sus efectos -a la División Servicios Jurídicos.
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