09/09/02

06/09/02 – OTÓRGASE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A EDUARDO, MONICA Y SUSANA BARRETO

VISTO: la gestión promovida por EDUARDO, MÓNICA y SUSANA BARRETO tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de balasto en la 3a Sección Catastral del Departamento de Colonia, por el plazo de 15 años;

RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de Minería;

II) no se solicito Servidumbre por ser los gestionantes propietarios del padrón afectado por la petición minera;

III) se ha otorgado la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N° 16.466 de 19 de enero de 1994;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería.--

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Otórgase a EDUARDO, MÓNICA y SUSANA BARRETO el título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 15 años, respecto de un yacimiento de balasto, en un área de 5 hás. 1955 m.c., afectando el padrón 5271 de la 3a Sección Catastral del Departamento de Colonia.

2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina a los concesionarios, en los términos previstos por el artículo 107 del Código de Minería.-

3º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología.