09/09/02
06/09/02
– OTÓRGASE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A EDUARDO, MONICA Y SUSANA BARRETO
VISTO:
la
gestión promovida por EDUARDO, MÓNICA y SUSANA BARRETO tendiente a la
obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de
balasto en la 3a Sección Catastral del Departamento de Colonia, por el
plazo de 15 años;
RESULTANDO:
I)
se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de
Minería;
II)
no se solicito Servidumbre por ser los gestionantes propietarios del
padrón afectado por la petición minera;
III)
se ha otorgado la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
CONSIDERANDO:
que
corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse
cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y
104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N° 16.466 de 19 de
enero de 1994;
ATENTO:
a
lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería.--
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Otórgase
a EDUARDO, MÓNICA y SUSANA BARRETO el título minero CONCESIÓN PARA
EXPLOTAR por el plazo de 15 años, respecto de un yacimiento de balasto,
en un área de 5 hás. 1955 m.c., afectando el padrón 5271 de la 3a
Sección Catastral del Departamento de Colonia.
2°.-
La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina
a los concesionarios, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería.-
3º.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología.
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