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       09/09/02 
      04/09/02
      – DECLÁRASE ABANDONADA A FAVOR DEL ESTADO LA EMBARCACIÓN PHOENIX
      
       
      VISTO:
      estos
      antecedentes relacionados con la situación de abandono de la embarcación
      “PHOENIX" , propiedad de la firma PERLYSUL S.A.
      
       
      RESULTANDO:
      I)
      Que el ti tular de la referida embarcacj.ó,~ no ha ejerc.ido los
      derechos de uso, ni ha obrado con la diligencia media de un buen padre de
      familia, lo que ha quedado demostrado al permanecer la embarcación
      semihundida dentro del área portuaria del Puerto de la Paloma
      
       
      II) Que la referida
      Dirección Nacional, dispuso por Resoluciones de 30 de abril de 2002 y
      modificativa de 18 de junio de 2002, intimar a la propietaria de la nave
      precitada al retiro de la misma en el plazo previsto por la Ley así como
      también llamar a terceros interesados que se consideren con derechos
      sobre la embarcación 
      III)
      Que se procedió a la publicación de los edictos de estilo en el
      Diario Oficial y en otro periódico de circulación nacional sin que
      compareciera persona alguna en el plazo indicado. Asimismo, se notificó
      por medio de cedulón en el domicilio de la propietaria, con iguales
      resultados:
      
       
      CONSIDERANDO:
      que
      el Departamento Jurídico de la Dirección Nacional de Hidrografía y el
      Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
      informan que en autos se ha dado cumplimiento al procedimiento procesal
      requerido por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de
      1992, verificándose los extremos y etapas previstas
      en la norma citada por lo que correspondería proseguir dicho
      procedimiento conforme a lo preceptuado en su Inciso 4°, declarando la
      embarcación abandonada a favor del Estado por medio de resolución
      fundada y disponer de ella en consecuencia, como asimismo, estimar a
      través de las oficinas competentes el monto de los gastos que demanden
      las operaciones tendientes a los fines mencionados
      
       
      ATENTO:
      a
      lo dispuesto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre
      de 1992
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA 
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación --
      "PHOENIX", semihundida dentro del área portuaria del Puerto ,
      de la Paloma, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria de su
      propietario por los gastos que demanden las operaciones de retiro de la
      misma, los que una vez relacionados y aprobados debidamente por el
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título
      ejecutivo.
      
       
      2°.-
      Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía de dicha Secretaría
      de Estado, a implementar las medidas conducentes a la efectivización del
      citado retiro, ya la traslación de dominio respectiva en la forma
      prevista
      
       
      3°.-
      Comuníquese y vuelva a la referida Dirección Nacional.
        
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