12/09/02

11/09/02 – EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PARA LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ

VISTO: la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Tacuarembó, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de computadoras e impresoras.

RESULTANDO: que los referidos bienes serán destinados a la implantación de un Sistema Integral de Gestión Municipal, para el mejoramiento de los servicios de la Intendencia gestionante.

CONSIDERANDO: que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase que los bienes a importar por la Intendencia Municipal de Tacuarembó, que se detallan a continuación, dado su destino, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991: un servidor NEC Express 5800, modelo 120LT, RAID 5, 18 Gb, Hot Swap; un servidor NEC Express 5800, modelo TM 1300, 36 Gb SCSI; un servidor NEC Express 5800, modelo TM 1300 18 Gb SCSI; un servidor NEC Express 5800, modelo TM 1300 36 Gb+DAT; cincuenta y tres PC NEC Powermate, modelo ML 3 (Part N°p43D02F-0030Z04) ; cuatro PC NEC Powermate, modelo ML3 (Part. N° P43D02F-0030Z04) ; un PC Powermate, modelo ML3 (Part. N° P43D02F-0030Z04) ; dos lectores grabadores de CD marca IOMEGA LATIN CD- RW 4X4X6; seis Lectores Laser Unitech modelo MS-300; dos Scaner KODAK, modelo I; trece Timbradoras EPSON modelo TMU 375P con fuente de poder; trece impresoras XEROX Phaser, modelo 3400N; cuarenta impresoras XEROX Phaser, modelo 3210 y dos impresoras XEROX Phaser, modelo 5400N, por un valor total de U$S 142.018,oo (ciento cuarenta y dos mil dieciocho dólares de los Estados Unidos de América).

2°) La presente importación se encuentra exonerada de los siguientes gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados e Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social.

3°) Comuníquese, notifíquese y archívese.