18/09/02      

17/09/02 – SE AUTORIZA AUMENTO DE POTENCIA A CX 137 RADIO SAN JAVIER

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual da cuenta de la petición presentada por el señor Eduardo Luis Añasco, titular de la emisora CX 137 RADIO SAN JAVIER, de San Javier, Departamento de Río Negro, por la que solicita se le autorice un aumento de potencia de 1 Kw, en régimen diurno y 0,50 Kw, en horario nocturno.-

RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 73.269) de fecha 15 de noviembre de 1994, se autorizó a dicha emisora el uso de la frecuencia "1.370 KHz, con una potencia de 0,250 Kw, en régimen permanente.-

CONSIDERANDO: I) que la. estación de A.M. (Amplitud Modulada), frecuencia 1 370 KHz de San Javier, ha sido coordinada con los países de la región en la VII Reunión de la Comisión Temática de Radiodifusión de setiembre de 1997, para operar con una potencia de 1 Kw en régimen diurno y una potencia en horario nocturno de 0,50 Kw.-

II) que el aumento de potencia solicitado, resulta conveniente y necesario, a efectos de brindar una mejor cobertura de su zona de influencia.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase al señor Eduardo Luis Añasco, titular de la emisora " CX 137 RADIO SAN JAVIER, de San Javier, Departamento de Río Negro, un aumento de potencia para operar de 1 Kw, en régimen diurno y 0,50 Kw, en horario nocturno.-

2do.- El permisionario deberá cumplir con las condiciones técnico-administrativas establecidas por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).-

3ro.- Establécese que si operando con el aumento de potencia autorizado, la emisora en la práctica ocasionara interferencias a otros servicios radioeléctricos ya instalados, el permisionario deberá bajar la potencia a la actual.-

4to.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones. Cumplido, archívese.-