18/09/02
07/0802
– APRUEBASE PROYECTO DE CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL BIRF
VISTO:
el proyecto de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República
Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(B.I.R.F.), destinado a financiar parcialmente el Programa de Ajuste
Estructural.-
RESULTANDO:
que la referida asistencia crediticia es por un monto de U$S
151:520.000,00 (ciento cincuenta y un millones quinientos veinte mil
dólares de los Estados Unidos de América) , y será amortizada en un
plazo de quince años, con cinco años de gracia y. con un interés
variable semestralmente.-
CONSIDERANDO:
que corresponde aprobar el respectivo Contrato de Préstamo, que será
suscrito en representación del país por el Sr. Embajador de la
República ante los Estados Unidos de América Lic. Hugo
Fernández Faingold.-
ATENTO:
a lo dispuesto por el artículo.145° de la Ley N° 15.851, de 24 de
diciembre de 1986 y por el Decreto N° 586/993, de 27 de diciembre de
1993.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo por un monto de U$S
151:520.000.ooc (ciento cincuenta y un millones quinientos veinte mil
dólares de los Estados Unidos de América) , a celebrarse entre la
República Oriental del Uruguay y el Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.) , en apoyo del Programa de Ajuste
Estructural, cuyo texto forma parte de la presente Resolución.-
2°)
El referido contrato será otorgado y suscrito en nombre y representación
del país por el Sr. Embajador de la República ante los Estados Unidos de
América, Lic. Hugo
Fernández Faingold.-
3°)
Desígnase al Dr. Fernando Scelza para que expida por la República los
dictámenes jurídicos correspondientes a dicho contrato.-
4º)
Dese cuenta a la Asamblea General.
5º)
Comuníquese, etc.
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