18/09/02      

17/09/02 – AUTORIZACIÓN PARA INCREMENTAR TOPE MÁXIMO DE EJECUCIÓN

VISTO: la gestión del Ministerio del Interior, solicitando un incremento en su tope máximo de ejecución de gastos de funcionamiento, fijado por el Poder Ejecutivo para el presente ejercicio, por aplicación del establecido por el Decreto N° 69/002, de 27 de febrero de 2002.-

RESULTANDO: I) que en esta oportunidad, el Organismo de marras solicita un desabatimiento del crédito asignado a la Unidad Ejecutora 031 "Dirección Nacional de Identificación Civil”, por la suma de $ 5:425.148,00 (pesos uruguayos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil ciento cuarenta y ocho), en la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial”.-

II) que la solicitud se cursa en virtud de la necesidad de contar con los insumos imprescindibles para la elaboración y expedición de documentos, tales como cédulas de identidad y pasaportes, que se ve afectado por el creciente aumento en la demanda de los mismos, lo que ha superado las previsiones que al respecto, había realizado la mencionada Unidad Ejecutora, así como el incremento de los costos de dichos insumos por la variación cambiaria, que por ser importados mantienen sus precios en dólares de los Estados Unidos de América.-

CONSIDERANDO: I) que se entiende indispensable a los efectos de cumplir con las metas y objetivos de la Unidad Ejecutora proceder al aumento del tope establecido para gastos de funcionamiento en la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial”.-

II) lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto N° 69/002, de 27 de febrero de 2002.-

ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

R E S U E L V E:

1°) Autorízase un incremento en el Inciso 04 "Ministerio del Interior",  Programa 014 "Identificación Civil",  Unidad Ejecutora 031 "Dirección Nacional de Identificación Civil", en el tope máximo de ejecución de gastos de funcionamiento en la suma de $ 5:425.148,00 (pesos uruguayos cinco millones cuatrocientos veinticinco mil ciento cuarenta y ocho), Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial”, a fin de atender la adquisición de insumos destinados a la expedición de cédulas de identidad y pasaportes.-

2°) Facúltase a la Contaduría General de la Nación a modificar los topes de gastos de funcionamiento originalmente dispuestos de forma de posibilitar el incremento autorizado.-

3°) Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-