| 
       18/09/02    
        
      22/07/02
      – SE REFUERZA EL GASTO PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO 
      VISTO:
      la gestión del
      Instituto Nacional de Alimentación solicitando el incremento de sus
      asignaciones presupuestales por la suma de $ 10:000.000,00 (pesos
      uruguayos diez millones) en la Financiación 1.1 "Rentas
      Generales" , Objeto 199, a fin de atender los gastos inherentes al
      Plan de Seguridad Alimentaria.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      lo establecido por el
      articulo 29° del Decreto-Ley N° 14.754, de 5 de enero de 1978, en la
      redacción dada por el articulo 56° de la Ley N° 16.736, de 5 de enero
      de 1996, faculta al Poder Ejecutivo para disponer del 12% del total de los
      rubros de gastos incluidos en el Presupuesto Nacional, Rubros 2 a 7 y 9,
      en el refuerzo de los mismos.- 
      
       
      ATENTO:
      a lo informado por la
      Contaduría General de la Nación y de acuerdo a lo establecido por
      Resolución del Poder Ejecutivo N° 277/000, de 3 de marzo de 2000, que
      delega atribuciones en la materia.- 
      
       
      EL
      MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
      
       
      en
      ejercicio de atribuciones delegadas
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°)
      Refuérzase en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad
      Social" Unidad Ejecutora 006 "Instituto Nacional de
      Alimentación" por la suma total de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos
      diez millones), los créditos presupuestales con cargo a la Financiación
      1.1 "Rentas Generales" , Objeto 199 "Otros bienes de
      consumo", a fin de atender los gastos inherentes al Programa de
      Seguridad Alimentaria.- 
      2°)
      Comuníquese y pasea sus efectos a la Contaduría General de la Nación.
      Cumplido, elévese para su archivo.- 
      
       
      
       
       
      |