18/09/02
15/07/02
– SE REFUERZA EL GASTO PARA MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
VISTO:
la gestión realizada
por el inciso 15 "Ministerio
de Deporte y Juventud" solicitando el incremento de los créditos
presupuestales en el Objeto 299 "Otros Servicios No Personales"
, a fin de atender gastos de funcionamiento por el presente ejercicio.-
RESULTANDO:
I) que la partida para
gastos de funcionamiento prevista en el Presupuesto Nacional para el
período 2000 a 2004, para el mencionado Inciso, resulta insuficiente a
efectos de atender su operativa normal en dicho período.-
II)
que en la oportunidad se considera pertinente autorizar para el ejercicio
2002, un incremento de sus créditos presupuestales por la suma total de $
3:500.000,00 (pesos uruguayos tres millones quinientos mil) .-
CONSIDERANDO:
que el artículo 29°
del Decreto-Ley N° 14.754, de 5 de enero de 1978, en la redacción dada
por el artículo 56° de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y
modificado por el artículo 51° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de
2001, faculta al Poder Ejecutivo para disponer del 12% del total de los
rubros de gastos incluidos en el Presupuesto Nacional,
Rubros 2 a 7 y 9, en el refuerzo de los mismos.-
ATENTO:
a lo informado por la
Contaduría General de la Nación y de acuerdo a lo establecido por
Resolución del Poder Ejecutivo N° 277/000, de 3 de marzo de 2000, que
delega atribuciones en la materia.-
EL
MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS
en
ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1°)
Refuérzase en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud",
Programa 001, Unidad Ejecutora 001, con cargo a la Financiación 1.1.
"Rentas Generales" , el Objeto 299 "Otros Servicios No
Personales" , por la suma de $ 3: 500.000, 00 (pesos uruguayos tres
millones quinientos mil) , a fin de atender los gastos de funcionamiento
por el presente ejercicio.-
2°)
Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación.
Cumplido, elévese para su archivo.-
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