18/09/02      

15/07/02 – SE REFUERZA EL GASTO PARA MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

VISTO: la gestión realizada por el inciso 15  "Ministerio de Deporte y Juventud" solicitando el incremento de los créditos presupuestales en el Objeto 299 "Otros Servicios No Personales" , a fin de atender gastos de funcionamiento por el presente ejercicio.-

RESULTANDO: I) que la partida para gastos de funcionamiento prevista en el Presupuesto Nacional para el período 2000 a 2004, para el mencionado Inciso, resulta insuficiente a efectos de atender su operativa normal en dicho período.-

II) que en la oportunidad se considera pertinente autorizar para el ejercicio 2002, un incremento de sus créditos presupuestales por la suma total de $ 3:500.000,00 (pesos uruguayos tres millones quinientos mil) .-

CONSIDERANDO: que el artículo 29° del Decreto-Ley N° 14.754, de 5 de enero de 1978, en la redacción dada por el artículo 56° de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y modificado por el artículo 51° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, faculta al Poder Ejecutivo para disponer del 12% del total de los rubros de gastos incluidos en el Presupuesto Nacional, Rubros 2 a 7 y 9, en el refuerzo de los mismos.-

ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y de acuerdo a lo establecido por Resolución del Poder Ejecutivo N° 277/000, de 3 de marzo de 2000, que delega atribuciones en la materia.-

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1°) Refuérzase en el Inciso 15 "Ministerio de Deporte y Juventud", Programa 001, Unidad Ejecutora 001, con cargo a la Financiación 1.1. "Rentas Generales" , el Objeto 299 "Otros Servicios No Personales" , por la suma de $ 3: 500.000, 00 (pesos uruguayos tres millones quinientos mil) , a fin de atender los gastos de funcionamiento por el presente ejercicio.-

2°) Comuníquese y pase a sus efectos a la Contaduría General de la Nación. Cumplido, elévese para su archivo.-