18/09/02      

17/09/02 – AUTORÍZASE  A CEMOC LA CREACIÓN DE UN SEGURO PARCIAL DE EMERGENCIA MÓVIL PARA ADULTOS

VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico Cuaró (CEMOC);

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Móvil para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto N° 495/89 de 31 de octubre de 1989;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorizase a la Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico Cuaró (CEMOC), la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Móvil para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera, bajo la Dirección Técnica del Doctor CÉSAR DE LOS SANTOS.

2°.- Establécese que previo a lo puesta en funcionamiento de dicho Servicio, deberá recabarse la correspondiente habilitación del Ministerio de Salud Pública

2º.- Comuníquese.