18/09/02
17/09/02
– AUTORÍZASE A CEMOC LA CREACIÓN DE UN SEGURO PARCIAL DE EMERGENCIA MÓVIL
PARA ADULTOS
VISTO:
estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico Cuaró (CEMOC);
RESULTANDO:
que por la misma solicita la creación de un Seguro Parcial de Emergencia
Móvil para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera;
CONSIDERANDO:
I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales
vigentes;
II)
que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud no
formulan objeciones al respecto;
ATENTO:
a lo establecido en el Decreto N° 495/89 de 31 de octubre de 1989;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Autorizase a la Cooperativa de Profesionales Centro Médico Odontológico
Cuaró (CEMOC), la creación de un Seguro Parcial de Emergencia Móvil
para Adultos, sito en Francisco Segarra 700 de la ciudad de Rivera, bajo
la Dirección Técnica del Doctor CÉSAR DE LOS SANTOS.
2°.-
Establécese que previo a lo puesta en funcionamiento de dicho Servicio,
deberá recabarse la correspondiente habilitación del Ministerio
de Salud Pública
2º.-
Comuníquese.
|