18/09/02      

09/09/02 – AUTORIZACIÓN DE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE RÍO NEGRO Y EL MVOTMA

VISTO: la situación de emergencia habitacional en que se encuentran varias familias de la localidad de Fray Bentos, departamento de Río Negro;

RESULTANDO: I) que la Intendencia Municipal de Río Negro y esta Secretaría de Estado, han acordado la suscripción de un Convenio entre las mismas con el objeto de desarrollar Programas de viviendas bajo la modalidad autoconstrucción y ayuda mutua que implementará la Dirección Nacional de Vivienda, de hasta cuarenta (40) soluciones habitacionales en la ciudad Fray Bentos, Departamento de Río Negro;

II) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se obliga a financiar, una vez obtenida la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la República, la suma de hasta $ 5.000.000 (pesos cinco millones) .Dicha suma corresponde a (40) cuarenta canastas de materiales, que se adjudicará a la población beneficiaria;

III) que las restantes obligaciones a que se compromete este Ministerio, así como las obligaciones de la Intendencia Municipal de Río Negro, resultan del Convenio, el cual se considera parte integrante de la presente resolución;

CONSIDERANDO: que el objeto del Convenio constituye cumplimiento de los cometidos asignados a ésta Secretaría de Estado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 211 literal b) de la Constitución de la República, al artículo 3 numeral 9° de la ley 16.112, de mayo de 1990 y al artículo 9 del Decreto N° 295/2000 de 11 de octubre de 2000;

EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL y MEDIO AMBIENTE

en ejercicio de atribuciones delegadas;

RESUELVE:

1º.- Autorízase, ad referendum de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la República, la suscripción del Convenio entre la Intendencia Municipal de Río Negro y esta Secretaría de Estado, a fin de solucionar la problemática habitacional de cuarenta (40) familias de la localidad de Fray Bentos, departamento de Río Negro, bajo la modalidad de auto construcción y ayuda mutua que implementará la Dirección Nacional de Vivienda, y la adjudicación de hasta cuarenta (40) canastas de materiales a la población beneficiaria;

2º.- La erogación resultante, que asciende a $ 5.000.000,00 (pesos uruguayos cinco millones), se imputará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización de la Dirección Nacional de Vivienda, según constancia de afectación N° 00331.-

3º.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de Río Negro y siga a la Dirección Nacional de Vivienda a sus efectos.