18/09/02
09/09/02
– AUTORIZACIÓN DE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE LA INTENDENCIA
MUNICIPAL DE RÍO NEGRO Y EL MVOTMA
VISTO:
la situación de emergencia habitacional en que se encuentran varias
familias de la localidad de Fray Bentos, departamento de Río Negro;
RESULTANDO:
I) que la Intendencia Municipal de Río Negro y esta Secretaría de
Estado, han acordado la suscripción de un Convenio entre las mismas con
el objeto de desarrollar Programas de viviendas bajo la modalidad
autoconstrucción y ayuda mutua que implementará la Dirección Nacional
de Vivienda, de hasta cuarenta (40) soluciones habitacionales en la ciudad
Fray Bentos, Departamento de Río Negro;
II)
que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
se obliga a financiar, una vez obtenida la intervención preventiva del
Tribunal de Cuentas de la República, la suma de hasta $ 5.000.000 (pesos
cinco millones) .Dicha suma corresponde a (40) cuarenta canastas de
materiales, que se adjudicará a la población beneficiaria;
III)
que las restantes obligaciones a que se compromete este Ministerio, así
como las obligaciones de la Intendencia Municipal de Río Negro, resultan
del Convenio, el cual se considera parte integrante de la presente
resolución;
CONSIDERANDO:
que el objeto del Convenio constituye cumplimiento de los cometidos
asignados a ésta Secretaría de Estado;
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 211 literal b)
de la Constitución de la República, al artículo 3 numeral 9° de la ley
16.112, de mayo de 1990 y al artículo 9 del Decreto N° 295/2000 de 11 de
octubre de 2000;
EL MINISTRO DE VIVIENDA,
ORDENAMIENTO TERRITORIAL y MEDIO AMBIENTE
en ejercicio de
atribuciones delegadas;
RESUELVE:
1º.- Autorízase,
ad referendum de la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la
República, la suscripción del Convenio entre la Intendencia Municipal de
Río Negro y esta Secretaría de Estado, a fin de solucionar la
problemática habitacional de cuarenta (40) familias de la localidad de
Fray Bentos, departamento de Río Negro, bajo la modalidad de auto
construcción y ayuda mutua que implementará la Dirección Nacional de
Vivienda, y la adjudicación de hasta cuarenta (40) canastas de materiales
a la población beneficiaria;
2º.- La erogación
resultante, que asciende a $ 5.000.000,00 (pesos uruguayos cinco
millones), se imputará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y
Urbanización de la Dirección Nacional de Vivienda, según constancia de
afectación N° 00331.-
3º.- Comuníquese a
la Intendencia Municipal de Río Negro y siga a la Dirección Nacional de
Vivienda a sus efectos.
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