19/09/02      

18/09/02 – APRUÉBASE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MTOP Y SOCIEDAD AGROPECUARIA DE ROCHA

VISTO: el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Sociedad Agropecuaria de Rocha, Departamento de Rocha.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la construcción de invernáculos para producción hortícola en el departamento de Rocha; con la suma de $ 37.000. -en efectivo;

II) Que dicha Sociedad Agropecuaria, por su parte, contribuye con la suma de $ 15.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 12 de agosto de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Sociedad Agropecuaria de Rocha, Departamento de Rocha, para realizar la construcción de invernáculos para producción hortícola en el departamento de Rocha.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $ 37.000.- (pesos uruguayos treinta y siete mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley Nº 16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Programa 001, Proyecto 702, Financiación 1.4, Ejercicio 2002, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto Nº 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación Nº 609 y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000

3º.- Autorizase el pago, por el Ministerio de Transporte y. Obras Públicas, de la suma de $ 37.000.- (pesos uruguayos treinta y siete .mil), en 1 (una) cuota), a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, (Sucursal Rocha) para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Sociedad Agropecuaria de Rocha, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.