24/09/02

19/09/02 – AUTORIZASE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y ANTEL

VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército-División de Ejército II para la suscripción de un Convenio Marco para la implantación de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información, entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones y el Ministerio de Defensa Nacional.

RESULTANDO: I) que el citado Convenio Marco tiene como objeto contribuir a la universalización de las tecnologías de la información y la comunicación a través de la prestación de servicios públicos de acceso a Internet y de capacitación en informática destinados a grupos de personas desfavorecidas, a fin de facilitar la superación de las barreras económicas, culturales y/o geográficas.

II) que la Administración Nacional de Telecomunicaciones apoyará el establecimiento de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información (CASI) , en el Cuartel del Ejército de Sarandí del Yí, departamento de Durazno.

CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a la vez generación de vínculos que redundarán c en beneficios institucionales y sociales para ambas partes, siendo de interés la celebración del Convenio referido.

II) que es necesario designar representante del Ministerio de Defensa Nacional para la suscripción de la documentación correspondiente.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21 de octubre de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1ro.- Autorízase la suscripción del Convenio Marco para la implantación de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información a celebrarse entre el Ministerio de Defensa Nacional y la Administración Nacional de Telecomunicaciones, en los términos que luce de fojas quince a dieciséis del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2002060356 y que se considera parte integrante de la presente Resolución.

2do.- Desígnase representante del Ministerio de Defensa Nacional, para la firma de la documentación correspondiente, al señor Comandante de la División de Ejército II.

3º.-Comuníquese, publíquese, pasa a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y al Comando General del Ejercito a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.

 

Convenio Marco entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones y el Ministerio de Defensa Nacional-División Ejército II, para la implantación de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información

En la ciudad de Sarandí del Vi, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil dos, POR UNA PARTE: El Ministerio de Defensa Nacional (en adelante MDN), representado por el Dr. Esc. Roberto Yavarone, en su calidad de Ministro Interino de Defensa Nacional, y el Sr. Gral. Francisco J. Wins. en su calidad de Comandante de División de Ejército II, constituyendo domicilio en Av. Ocho de Octubre 2628 (Montevideo), y POR OTRA PARTE: La Administración Nacional de Telecomunicaciones (en adelante ANTEL), representada por el Sr. Ing. Gabriel Gurméndez, en su calidad de Presidente del Directorio, y el Sr. Ing. Jorge Henón, en su calidad de Gerente General, constituyendo domicilio en Av. Daniel Fernández Crespo 1534 (Montevideo), deciden celebrar el siguiente Convenio:

Artículo 1°:

Antecedentes.

El Directorio de ANTEL, por Resolución N° 599/02 de fecha 14/085/2002, aprobó la implantación del Proyecto "Promoción de Uruguay Sociedad de la Información" (USI) en procura de crear una herramienta eficiente para la promoción y la difusión de las aplicaciones de las nuevas tecnologías en las áreas sociales, económicas y de administración pública, complementando la acción del Programa de Conectividad Educativa.

Artículo 2°: Objeto.

El objeto del presente Convenio es contribuir a la universalización de las tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) a través de la prestación de servicios públicos de acceso a Internet y de capacitación en informática destinados a grupos de personas desfavorecidas, a fin de facilitar la superación de las barreras económicas, culturales y/o geográficas que hoy generan una "brecha digital" entre los uruguayos. Con esta finalidad ANTEL apoyará el establecimiento de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información (CASI) en el Cuartel del Ejército de Sarandí del Yí (Durazno), de acuerdo con el proyecto detallado y el cronograma que serán concertados entre las partes.

Las obligaciones, cantidades y otros aspectos de los suministros y servicios serán definidos de común acuerdo entre el MDN-D.E.II y ANTEL, en función del presupuesto asignado al proyecto y de los requerimientos del Centro, previa autorización del Poder Ejecutivo. La contribución de ANTEL al proyecto en suministros y servicios durante los dos años de duración del mismo no superará en total los US$ 20.000 (veinte mil dólares estadounidenses).

Artículo 3°: Instrumentación.

La instrumentación del presente proyecto se realizará en forma conjunta entre ANTEL (por medio del Programa de Relacionamiento con la Comunidad) y el MDN (por medio de la División de Ejército II).

Cada parte designará a un Director ya uno o más Coordinadores del proyecto y comunicará los nombres y datos de los mismos a la otra parte.

Artículo 4°: Mejoras al proyecto.

ANTEL y el MDN podrán determinar de común acuerdo la realización de actividades adicionales a las previstas en el presente Convenio, para lo cual se suscribirán convenios complementarios, previa autorización del Poder Ejecutivo. El MDN podrá incorporar al Centro equipos, programas, materiales o servicios complementarios a los previstos en el proyecto de ejecución de este convenio. Estas mejoras no deberán incluir la promoción de ningún tipo de actividad de empresas competidoras con los servicios comerciales de ANTEL.

Artículo 5°: Plazo.

El presente acuerdo tendrá una duración de dos años a partir de la fecha.

Previa lectura, en prueba de conformidad y para constancia se suscriben dos ejemplares de idéntico tenor, en el lugar y la fecha indicados.