24/09/02
19/09/02
– AUTORIZASE SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL Y ANTEL
VISTO:
la gestión promovida
por el Comando General del Ejército-División de Ejército II para la
suscripción de un Convenio Marco para la implantación de un Centro de
Acceso a la Sociedad de la Información, entre la Administración Nacional
de Telecomunicaciones y el Ministerio de Defensa Nacional.
RESULTANDO:
I) que el citado
Convenio Marco tiene como objeto contribuir a la universalización de las
tecnologías de la información y la comunicación a través de la
prestación de servicios públicos de acceso a Internet y de capacitación
en informática destinados a grupos de personas desfavorecidas, a fin de
facilitar la superación de las barreras económicas, culturales y/o
geográficas.
II)
que la Administración Nacional de Telecomunicaciones apoyará el
establecimiento de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información
(CASI) , en el Cuartel del Ejército de Sarandí del Yí, departamento de
Durazno.
CONSIDERANDO:
I) que ello contribuye
a aunar esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a
la vez generación de vínculos que redundarán c en beneficios
institucionales y sociales para ambas partes, siendo de interés la
celebración del Convenio referido.
II)
que es necesario designar representante del Ministerio de Defensa Nacional
para la suscripción de la documentación correspondiente.
ATENTO:
a lo precedentemente
expuesto, y a lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa
Nacional 24.960 de 21 de octubre de 1991.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1ro.- Autorízase la
suscripción del Convenio Marco para la implantación de un Centro de
Acceso a la Sociedad de la Información a celebrarse entre el Ministerio
de Defensa Nacional y la Administración Nacional de Telecomunicaciones,
en los términos que luce de fojas quince a dieciséis del expediente
administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2002060356 y que
se considera parte integrante de la presente Resolución.
2do.- Desígnase
representante del Ministerio de Defensa Nacional, para la firma de la
documentación correspondiente, al
señor Comandante de la División de Ejército II.
3º.-Comuníquese,
publíquese, pasa a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa
Nacional y al Comando General del Ejercito a sus efectos. Cumplido, vuelva
y archívese.
Convenio
Marco entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones y el
Ministerio de Defensa Nacional-División Ejército II, para la
implantación de un Centro de Acceso a la Sociedad de la Información
En
la ciudad de Sarandí del Vi, a los veintitrés días del mes de
septiembre del año dos mil dos, POR UNA PARTE: El Ministerio de
Defensa Nacional (en adelante MDN), representado por el Dr. Esc.
Roberto Yavarone, en su calidad de Ministro Interino de Defensa Nacional,
y el Sr. Gral. Francisco J. Wins. en su calidad de Comandante de División
de Ejército II, constituyendo domicilio en Av. Ocho de Octubre 2628
(Montevideo), y POR OTRA PARTE: La Administración Nacional de
Telecomunicaciones (en adelante ANTEL), representada por el Sr. Ing.
Gabriel Gurméndez, en su calidad de Presidente del Directorio, y el Sr.
Ing. Jorge Henón, en su calidad de Gerente General, constituyendo
domicilio en Av. Daniel Fernández Crespo 1534 (Montevideo), deciden
celebrar el siguiente Convenio:
Artículo
1°:
Antecedentes.
El
Directorio de ANTEL, por Resolución N° 599/02 de fecha 14/085/2002,
aprobó la implantación del Proyecto "Promoción de Uruguay Sociedad
de la Información" (USI) en procura de crear una herramienta
eficiente para la promoción y la difusión de las aplicaciones de las
nuevas tecnologías en las áreas sociales, económicas y de
administración pública, complementando la acción del Programa de
Conectividad Educativa.
Artículo 2°: Objeto.
El objeto del
presente Convenio es contribuir a la universalización de las tecnologías
de la Información y la Comunicación (TIC) a través de la prestación de
servicios públicos de acceso a Internet y de capacitación en
informática destinados a grupos de personas desfavorecidas, a fin de
facilitar la superación de las barreras económicas, culturales y/o
geográficas que hoy generan una "brecha digital" entre los
uruguayos. Con esta finalidad ANTEL apoyará el establecimiento de un
Centro de Acceso a la Sociedad de la Información (CASI) en el Cuartel del
Ejército de Sarandí del Yí (Durazno), de acuerdo con el proyecto
detallado y el cronograma que serán concertados entre las partes.
Las obligaciones,
cantidades y otros aspectos de los suministros y servicios serán
definidos de común acuerdo entre el MDN-D.E.II y ANTEL, en función del
presupuesto asignado al proyecto y de los requerimientos del Centro,
previa autorización del Poder Ejecutivo. La contribución de ANTEL al
proyecto en suministros y servicios durante los dos años de duración del
mismo no superará en total los US$ 20.000 (veinte mil dólares
estadounidenses).
Artículo 3°: Instrumentación.
La
instrumentación del presente proyecto se realizará en forma conjunta
entre ANTEL (por medio del Programa de Relacionamiento con la Comunidad) y
el MDN (por medio de la División de Ejército II).
Cada
parte designará a un Director ya uno o más Coordinadores del proyecto y
comunicará los nombres y datos de los mismos a la otra parte.
Artículo
4°: Mejoras al proyecto.
ANTEL
y el MDN podrán determinar de común acuerdo la realización de
actividades adicionales a las previstas en el presente Convenio, para lo
cual se suscribirán convenios complementarios, previa autorización del
Poder Ejecutivo. El MDN podrá incorporar al Centro equipos, programas,
materiales o servicios complementarios a los previstos en el proyecto de
ejecución de este convenio. Estas mejoras no deberán incluir la
promoción de ningún tipo de actividad de empresas competidoras con los
servicios comerciales de ANTEL.
Artículo
5°: Plazo.
El
presente acuerdo tendrá una duración de dos años a partir de la fecha.
Previa
lectura, en prueba de conformidad y para constancia se suscriben dos
ejemplares de idéntico tenor, en el lugar y la fecha indicados.
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