24/09/02
24/09/02
– SE INTEGRA COMISIÓN HONORARIA EN CENTRO AUXILIAR DE SALUD PÚBLICA DE
CARDONA Y FLORENCIO SÁNCHEZ
VISTO:
que
el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la realización de obras
en el Centro Auxiliar de Salud Pública de Cardona y Florencio
Sánchez;
CONSIDERANDO:
I)
que el articulo 436 de la Ley
No.16.170 de 28 de diciembre de
1990, habilita a constituir
Comisiones Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones Públicas, en un
todo de acuerdo con las prescripciones del articulo 589 de la Ley
No.15.903 de 10 de
noviembre de 1987;
II) que las
obras a realizar
se encuentran previstas en el Plan de Inversiones Públicas de la
mencionada Secretaria de Estado;
III) que es
necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se encargará de la
Administración y Ejecución
de las obras en cuestión;
IV) que
se propone integrar la misma con ciudadanos de reconocida solvencia moral y
cívica;
ATENTO:
a lo establecido en el artículo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de diciembre
de 1990 y Decreto
No.160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno No.51/991);
EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Desígnanse para integrar la Comisión
Honoraria de Administración y Ejecución
de Obras del Centro Auxiliar de Salud Pública de Cardona y
Florencio Sánchez, con el cometido de administrar y ejecutar las
mencionadas obras previstas en el Plan de Inversiones Públicas del Inciso
12 -Ministerio de Salud Pública -, a las personas que se mencionan a
continuación: Dr. ALBERTO MARTÍNEZ, Dr. FEDERICO MARTÍNEZ, Ing.
Agrimensor LUIS EDUARDO POSE, Arq. FRANKLIN BONIFACIO, Esc. MARÍA PÍA
VIÑALES.
2°.-
Pase
a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.-
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