24/09/02

24/09/02 – SE INTEGRA COMISIÓN HONORARIA EN CENTRO AUXILIAR DE SALUD PÚBLICA DE CARDONA Y FLORENCIO SÁNCHEZ

VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la realización de obras en el Centro Auxiliar de Salud Pública de Cardona y Florencio Sánchez;

CONSIDERANDO: I) que el articulo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de diciembre de 1990, habilita a constituir Comisiones Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del articulo 589 de la Ley No.15.903 de 10 de noviembre de 1987;

II) que las obras a realizar se encuentran previstas en el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaria de Estado;

III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se encargará de la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;

IV) que se propone integrar la misma con ciudadanos de reconocida solvencia moral y cívica;

ATENTO: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley No.16.170 de 28 de diciembre de 1990 y Decreto No.160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno No.51/991);

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnanse para integrar la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras del Centro Auxiliar de Salud Pública de Cardona y Florencio Sánchez, con el cometido de administrar y ejecutar las mencionadas obras previstas en el Plan de Inversiones Públicas del Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública -, a las personas que se mencionan a continuación: Dr. ALBERTO MARTÍNEZ, Dr. FEDERICO MARTÍNEZ, Ing. Agrimensor LUIS EDUARDO POSE, Arq. FRANKLIN BONIFACIO, Esc. MARÍA PÍA VIÑALES.

2°.- Pase a sus efectos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.-