25/09/02
25/09/02
- DESCALIFÍQUESE EL TRAMO DE
LA ANTIGUA RUTA N° 3 ENTRE EL V 3 PROGRESIVAS 5KM.051,36 Y EL ARROYO
GRANDE
VISTO:
la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Flores, tendiente a
la descalificación de un tramo de la antigua Ruta N° 3.
RESULTANDO: I) Que
dicho tramo comprendido entre el V 3 progresivas 5Km.051,36 y el Arroyo
Grande, según lámina N° 2 de Planimetría General del Proyecto de
Puente y Acceso sobre el Río Negro y Arroyo Grande (Paso del Puerto), de
julio de 1930, cuya copia se
adjunta a fojas 5 de estos obrados.
II)
Que la mencionada Comuna formula dicha solicitud en virtud de que se
encuentra abocada al desarrollo turístico de la Zona del Lago de la
Represa de Palmar contigua al Pueblo de Andresito e incluye, entre varios
puntos, el proyecto de la instalación de un destacamento de Prefectura.
III)
Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
no formula observaciones al respecto.
ATENTO:
a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 10.382 del 13 de febrero de 1943.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1º.-
Descalifíquese el tramo de la antigua Ruta N° 3 entre el V 3 progresivas
5Km.051,36 y el Arroyo Grande, según lámina N°
2 de Planimetría General del Proyecto de Puente y Acceso sobre el Río
Negro y Arroyo Grande (Paso del Puerto), de julio de 1930, cuya copia se
adjunta a fojas 5 de estos obrados, de acuerdo a la gestión promovida por
la Intendencia Municipal de Flores en autos, pasándole a su jurisdicción
dicho tramo.
2°.-
Comuníquese, y pase -por su orden-, a las Direcciones Nacionales de
Topografía y Vialidad a sus efectos.
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