25/09/02

25/09/02 -  DESCALIFÍQUESE EL TRAMO DE LA ANTIGUA RUTA N° 3 ENTRE EL V 3 PROGRESIVAS 5KM.051,36 Y EL ARROYO GRANDE

VISTO: la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Flores, tendiente a la descalificación de un tramo de la antigua Ruta N° 3.

RESULTANDO: I) Que dicho tramo comprendido entre el V 3 progresivas 5Km.051,36 y el Arroyo Grande, según lámina N° 2 de Planimetría General del Proyecto de Puente y Acceso sobre el Río Negro y Arroyo Grande (Paso del Puerto), de julio de 1930, cuya copia se adjunta a fojas 5 de estos obrados.

II) Que la mencionada Comuna formula dicha solicitud en virtud de que se encuentra abocada al desarrollo turístico de la Zona del Lago de la Represa de Palmar contigua al Pueblo de Andresito e incluye, entre varios puntos, el proyecto de la instalación de un destacamento de Prefectura.

III) Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas no formula observaciones al respecto.

ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 10.382 del 13 de febrero de 1943.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º.- Descalifíquese el tramo de la antigua Ruta N° 3 entre el V 3 progresivas 5Km.051,36 y el Arroyo Grande, según lámina N° 2 de Planimetría General del Proyecto de Puente y Acceso sobre el Río Negro y Arroyo Grande (Paso del Puerto), de julio de 1930, cuya copia se adjunta a fojas 5 de estos obrados, de acuerdo a la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Flores en autos, pasándole a su jurisdicción dicho tramo.

2°.- Comuníquese, y pase -por su orden-, a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus efectos.