02/10/02

01/10/02 – SE APLICA MULTA A OPTION LTDA. POR MODIFICACIONES EN FRECUENCIAS

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual solicita la aplicación de una multa de 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables), a la empresa "OPTION LTDA.", por haber efectuado modificaciones en las frecuencias asignadas, sin la debida autorización-

RESULTANDO: que a la empresa de referencia se le ha sancionado con apercibimiento en reiteradas oportunidades.-

CONSIDERANDO: I) que resulta necesario imponer una nueva sanción económica a la empresa mencionada por las faltas cometidas, la cual se encuentra prevista legalmente.-

II) que se ha dado a la administrada la vista prevista por el artículo 76 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991.-

Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo previsto por los artículos 73, 86 y 94 de la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Aplicase a la empresa "OPTION LTDA." una multa de 30 U.R. (treínta Unidades Reajustables) por haber efectuado modificaciones en las frecuencias asignadas, sin la debida autorización.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-