02/10/02
25/09/02
– APRUEBASE TASACIÓN REALIZADA EN PADRÓN N° 6690 DEL DEPARTAMENTO DE
SAN JOSÉ
VISTO:
estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta Nº 11 -
Tramo: Pueblo Raigón- Ruta N° 79"
RESULTANDO:
I)
que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 144 de fecha 18 de junio de
2002, fue designada para ser expropiada, por causa de utilidad pública,
declarando urgente su ocupación, una fracción de terreno con mejoras,
propiedad actual Marcelo Wilmar Arlotto Garcia y Fabian Arlotto García,
Padrón Nº 6690 (p), ubicada en la 2da. Sección Judicial y Catastral del
Departamento de San José, destinada a las obras de referencia,
procediendo la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de
Transporte: y Obras Públicas, a practicar la correspondiente tasación
que ascendió a la suma de U.R 45,25, la que incluye los daños y
perjuicios ocasionados, la cual fue aceptada por los interesados;
II)
que la Asesoría Técnica (Area Contable) de la citada Dirección
Nacional, ha tomado la intervención previa de su competencia;
Ill)
Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la ya mencionada Unidad
Ejecutora Expresa que no tiene observaciones que formular
desde el punto de vista legal a estas actuaciones.
CONSIDERANDO:
que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia
ATENTO:
I) a lo establecido por la Ley de Expropiaciones Nº 3958 del 28 de marzo
de 1912.
II)
a lo establecido por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 90/000 del 3 de
marzo de 2000.
III)
a lo dispuesto por el inciso k), del numeral 1° de la Resolución del
Poder Ejecutivo Nº 798/968 del 6 de junio de 1968, reglamentaria del Art.
168, numeral 24 de la Constitución de la República, que permite delegar
atribuciones.
EL
MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS,
en
ejercicio de las atribuciones delegadas;
RESUELVE
:
1°)
Apruébase la tasación practicada por la Dirección Nacional de
Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que ascendió a
la suma de U.R. 45,25 (UNIDADES REAJUSTABLES: cuarenta y cinco con
veinticinco centésimas ), de una fracción de terreno con las
mejoras más los daños y perjuicios ocasionados, propiedad actual de
Marcelo Wilmar Arlotto García y Fabian Arlotto García, Padrón Nº 6690
(p), ubicada en la 2da. Sección Judicial y Catastral del Departamento de
San José, destinada a las obras de la “Ruta Nº 11 -Tramo: Pueblo
Raigón -Ruta N° 79"; cuyos señalamiento en plano, área y
deslindes, se encuentran detallados en la Resolución del Poder Ejecutivo
N° 144, de fecha 18 de junio de 2002, agregada a estas actuaciones.
2°)
Autorizase la inversión de U.R 45,25 (UNIDADES REAJUSTABLES: cuarenta y
cinco con veinticinco centésimas) que se convertirán al valor vigente de
la Unidad Reajustable el día anterior a su pago, a fin de abonar en el
acto de escrituración a los interesados el importe del valor de la
fracción de terreno con mejoras más los daños y perjuicios ocasionados.
Dicha
erogación se atenderá con cargo a los rubros establecidos en la Ley Nº
17.296 del 21 de febrero de 2001 -Inciso 10 -Programa 006 - Proyecto 765.
3°)
COMUNÍQUESE
y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón.
Cumplido, siga al Departamento Notarial a los fines de proceder al
otorgamiento de la respectiva Acta de Expropiación.
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