02/10/02

25/09/02 – APRUEBASE TASACIÓN REALIZADA EN PADRÓN N° 6690 DEL DEPARTAMENTO DE SAN JOSÉ

VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta Nº 11 - Tramo: Pueblo Raigón- Ruta N° 79"

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 144 de fecha 18 de junio de 2002, fue designada para ser expropiada, por causa de utilidad pública, declarando urgente su ocupación, una fracción de terreno con mejoras, propiedad actual Marcelo Wilmar Arlotto Garcia y Fabian Arlotto García, Padrón Nº 6690 (p), ubicada en la 2da. Sección Judicial y Catastral del Departamento de San José, destinada a las obras de referencia, procediendo la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte: y Obras Públicas, a practicar la correspondiente tasación que ascendió a la suma de U.R 45,25, la que incluye los daños y perjuicios ocasionados, la cual fue aceptada por los interesados;

II) que la Asesoría Técnica (Area Contable) de la citada Dirección Nacional, ha tomado la intervención previa de su competencia;

Ill) Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora Expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas actuaciones.

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia

ATENTO: I) a lo establecido por la Ley de Expropiaciones Nº 3958 del 28 de marzo de 1912.

II) a lo establecido por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 90/000 del 3 de marzo de 2000. 

III) a lo dispuesto por el inciso k), del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 798/968 del 6 de junio de 1968, reglamentaria del Art. 168, numeral 24 de la Constitución de la República, que permite delegar atribuciones.

EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS,

en ejercicio de las atribuciones delegadas;

RESUELVE :

1°) Apruébase la tasación practicada por la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que ascendió a la suma de U.R. 45,25 (UNIDADES REAJUSTABLES: cuarenta y cinco con veinticinco centésimas ), de una fracción de terreno con las mejoras más los daños y perjuicios ocasionados, propiedad actual de Marcelo Wilmar Arlotto García y Fabian Arlotto García, Padrón Nº 6690 (p), ubicada en la 2da. Sección Judicial y Catastral del Departamento de San José, destinada a las obras de la “Ruta Nº 11 -Tramo: Pueblo Raigón -Ruta N° 79"; cuyos señalamiento en plano, área y deslindes, se encuentran detallados en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 144, de fecha 18 de junio de 2002, agregada a estas actuaciones.

2°) Autorizase la inversión de U.R 45,25 (UNIDADES REAJUSTABLES: cuarenta y cinco con veinticinco centésimas) que se convertirán al valor vigente de la Unidad Reajustable el día anterior a su pago, a fin de abonar en el acto de escrituración a los interesados el importe del valor de la fracción de terreno con mejoras más los daños y perjuicios ocasionados.

Dicha erogación se atenderá con cargo a los rubros establecidos en la Ley Nº 17.296 del 21 de febrero de 2001 -Inciso 10 -Programa 006 - Proyecto 765.

3°) COMUNÍQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón. Cumplido, siga al Departamento Notarial a los fines de proceder al otorgamiento de la respectiva Acta de Expropiación.