02/10/02

01/10/02 – AUTORIZASE A LUVTEL S.A. A CREACIÓN Y HABILITACIÓN DE SEGURO PARCIAL DE SALUD

VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por LUVTEL S,A; ;-

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación y habilitación de un Seguro Parcial denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en Bulevar Artigas 1125;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud del Ministerio de Salud Pública, no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto N° 495/89 de 31 de octubre de 1989;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Autorizase a LUVTEL S,A. la creación y habilitación de un Seguro Parcial denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en Bulevar Artigas 1125, bajo la Dirección Técnica del Doctor Alberto Pan Montans.

2º.- Comuníquese.