02/10/02
01/10/02
– AUTORIZASE A LUVTEL S.A. A CREACIÓN Y HABILITACIÓN DE SEGURO PARCIAL
DE SALUD
VISTO:
estos antecedentes
relacionados con la gestión promovida por LUVTEL S,A; ;-
RESULTANDO:
que por la misma solicita la creación y habilitación de un Seguro
Parcial denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como
Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades
de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en
Bulevar Artigas 1125;
CONSIDERANDO:
I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales
vigentes;
II)
que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud
del Ministerio de Salud Pública, no formulan objeciones al respecto;
ATENTO:
a lo establecido en el Decreto N° 495/89 de 31 de octubre de 1989;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Autorizase a LUVTEL S,A. la creación y habilitación de un Seguro Parcial
denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como
Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades
de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en
Bulevar Artigas 1125, bajo
la Dirección Técnica del Doctor Alberto Pan Montans.
2º.-
Comuníquese.
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