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       02/10/02 
      01/10/02
      – AUTORIZASE A LUVTEL S.A. A CREACIÓN Y HABILITACIÓN DE SEGURO PARCIAL
      DE SALUD
      
       
      VISTO:
      estos antecedentes
      relacionados con la gestión promovida por LUVTEL S,A; ;-
      
       
      RESULTANDO:
      que por la misma solicita la creación y habilitación de un Seguro
      Parcial denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como
      Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades
      de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en
      Bulevar Artigas 1125; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales
      vigentes; 
      
       
      II)
      que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud
      del Ministerio de Salud Pública, no formulan objeciones al respecto; 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido en el Decreto N° 495/89 de 31 de octubre de 1989; 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1º.-
      Autorizase a LUVTEL S,A. la creación y habilitación de un Seguro Parcial
      denominado Sociedad Uruguaya de Medicina Avanzada (SUMA), como
      Intermediadora en la Prestación de Asistencia, comprendiendo modalidades
      de Diagnóstico, Internación Médica e Internación Quirúrgica, sito en
      Bulevar Artigas 1125, bajo
      la Dirección Técnica del Doctor Alberto Pan Montans.
      
       
      2º.-
      Comuníquese.
        
       
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