02/10/02

01/10/02 – ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 35/2002

VISTO: estos antecedentes relacionados con el primer llamado de la Licitación Pública N° 35/2002 "Suministro de Medicamentos de Uso Hospitalario y de Asistencia Integral (2do. Complemento)" con destino a las Distintas Unidades Ejecutoras de AS.S.E. de Montevideo e Interior del País, Periódica, Plaza, de fecha 14 de junio de 2002, formulado por el Departamento de Licitaciones y Compras de la División Recursos Materiales y Servicios de A.S.S.E. para satisfacer las necesidades de las mismas entre el1 ° de agosto y el 31 de diciembre de 2002;

RESULTANDO: que se presentaron -en el acto de apertura- veinticinco (25) firmas del ramo;

CONSIDERANDO: I) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante con fecha 5 de julio de 2002 luego del estudio realizado resuelve aconsejar las adjudicaciones a diecinueve (19) firmas del ramo, por mejor precio, ajustarse a lo solicitado, única oferta, dosificación terapéutica, concentración ajustada o uso conveniente por presentación;

II) que se otorgó la vista preceptuada por el artículo 58 del T.O.C.AF., presentando reclamaciones las firmas: Laboratorio Apiter Ltda. (por el Item N° 48), Aventís Pharma S.A y Laboratorio Libra S.A (por el Item N° 58); y, Laboratorios Celsius S.A (por el Item N° 2) y retirando su oferta para el Item N° 28 el Laboratorio Athena S.A. (Dr. Antonio Peluffo )

III) que con fecha 31 de julio de 2002 la citada Comisión Asesora de Adjudicaciones consideró las notas presentadas no haciendo lugar a las reclamaciones de las firmas Laboratorio Libra S.A. y Aventis Pharrna S.A. y reviendo la adjudicación de los Items N° 2, 28y 48~

IV) que remitidas las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República, dicho Órgano de Control no formula observaciones al procedimiento cumplido; cometiendo al Contador Delegado la intervención del gasto previo control de su imputación en el grupo adecuado con disponibilidad suficiente, una vez dictada la Resolución por el Ordenador Competente.

ATENTO:: a lo antes expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Adjudícase, de acuerdo al dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante y según detalle que figura en el Anexo que se considera parte integrante de la presente, a diecinueve (19) firmas del ramo, en la suma total de $ 7:447.155,00 (pesos siete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento cincuenta y cinco) incluido: COFIS e IVA, el Suministro de Medicamentos de Uso Hospitalario y de Asistencia Integral (2do. Complemento) con destino a las distintas Unidades Ejecutoras de A-S.S.E. de Montevideo e Interior del País para cubrir las necesidades de las mismas hasta el 31 de diciembre de 2002. en el marco del primer llamado de la Licitación Pública N° 35/2002, Periódica, Plaza, de 14 de junio de 2002.

2°.- El monto total de la adquisición se desglosa de la siguiente manera: - Medicamentos de Uso Hospitalario -S 6:747.155,00 (pesos seis millones setecientos cuarenta y siete mil ciento cincuenta y cinco) Impuestos incluidos, con cargo a Financiamiento: II (Rentas Generales), Rubro 200, Objeto del Gasto N°.: 164, Inciso 12; y, Medicamentos de Asistencia Integral -S 700.000,00 (pesos setecientos mil) Impuestos incluidos, con cargo a Financiamiento: II (Rentas Generales ), Rubro 500, Objeto del Gasto N°.: 578.012, Inciso 12.

3°.- Las empresas mantienen sus ofertas por el período que abarca el contrato y entregan los medicamentos en forma inmediata, en cada Unidad Ejecutora, según las necesidades del Servicio, con una tolerancia de tres (3) días hábiles según los casos, una vez extendidas las Ordenes de Compra; -

4°. Autorizase a prorrogar automáticamente el contrato por periodos anuales hasta el 31 de diciembre de 2005, de no mediar manifestación en contrario de cualquiera de las partes.

5°.- Los precios serán fijos hasta el 31 de diciembre de 2002, actualizándose el 50% por el I.P.C. y 50% según la variación del dólar: el 1° de enero y el 1° de julio de 2003; y, el 1° de enero y el 1°. de julio de 2004, en caso de prorrogarse el suministro. –

6°.- Remítase copia de la presente resolución al Tribunal de Cuentas de la República ( artículo 8° de la Ordenanza de dicho Cuerpo de 22 de mayo de 1958.

7°.- Comuníquese.

8°- Vuelva a la División Recursos Materiales y Servicios de A.S.S.E. para la prosecución del trámite correspondiente.