03/10/02

03/10/02 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO “PERMISO DE EXPLORACIÓN” OTORGADO A REYSOL S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado por resolución de 12 de junio de 2000 a REYSOL S.A., sobre un yacimiento de ágatas y amatistas en la 3ª Sección Catastral del Departamento de Artigas;

RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado por el plazo de veinticuatro meses, siendo notificado a la titular el 21 de junio de 2000;

II) que la permisaria incurrió en falta de pago del canon de superficie por más de dos períodos continuos;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de falta de pago de dos períodos continuos de canon de superficie prevista en el artículo 21, ordinal II), literal b), numeral 4), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industrial Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado por resolución de 12 de junio de 2000 a REYSOL S.A., sobre un yacimiento de ágatas y amatistas afectando el padrón 3466, en un área de 220 hás. 5001 m2, de la 3a Sección Catastral del Departamento de Artigas.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.