03/10/02
03/10/02
– SE DECLARA LA CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO “PERMISO DE EXPLORACIÓN”
OTORGADO A REYSOL S.A.
VISTO:
las presentes
actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN
otorgado por resolución de 12 de junio de 2000 a REYSOL S.A., sobre un
yacimiento de ágatas y amatistas en la 3ª Sección Catastral del
Departamento de Artigas;
RESULTANDO:
I) que el referido
título fue otorgado por el plazo de veinticuatro meses, siendo notificado
a la titular el 21 de junio de 2000;
II)
que la permisaria incurrió en falta de pago del canon de superficie por
más de dos períodos continuos;
CONSIDERANDO:
que habiéndose
configurado la causal de falta de pago de dos períodos continuos de canon
de superficie prevista en el artículo 21, ordinal II), literal b),
numeral 4), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;
ATENTO:
a lo informado por la
Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industrial Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN
otorgado por resolución de 12 de junio de 2000 a REYSOL S.A., sobre un
yacimiento de ágatas y amatistas afectando el padrón 3466, en un área
de 220 hás. 5001 m2, de la 3a Sección Catastral del
Departamento de Artigas.
2°.-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus
efectos.
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