08/10/02
08/10/02
– SE LEVANTA EFECTO SUSPENSIVO DE RECURSOS DE REVOCACIÓN PRESENTADOS
POR LA EMPRESA HERFI LTDA.
VISTO: estas
actuaciones sustanciadas en el Expediente N° 2002/14001/1/03223
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
RESULTANDO: I) que en las mismas
compareció el Sr. Oscar Alonso, actuando en representación de HERFI
LTDA., estableciendo que presenta recursos de revocación contra las
resoluciones dictadas el nueve de julio y treinta de julio de 2002 en los
expedientes 4101/2001 y 4102/2001, recaída en asuntos N° 33/2002 y
44/2002, respectivamente, relativos a adjudicación de las licitaciones
públicas N° 08/002/01 y 07/002/001;
II)
que el compareciente difirió la fundamentación del recurso incoado, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 155 del Decreto N° 500/91;
III)
que surge del informe jurídico de fojas 12 que lo que se pretende
recurrir son los actos administrativos que dispusieron la adjudicación de
los procedimientos de contratación convocados por el Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, por los cuales se
dispuso la contratación de la empresa FAVARO CONSTRUCCIONES LTDA. con el
objeto del suministro de cincuenta y nueve (59) viviendas y cincuenta y
cuatro (54) viviendas en Montevideo, respectivamente;
CONSIDERANDO:
I) que el
compareciente, Sr. Oscar Alonso, no ha expresado los agravios y
fundamentos de los
recursos que presenta en representación de HERFI LTDA.;
II)
que los procedimientos de contratación indicados refieren a situaciones
de extrema gravedad en virtud de que procuran dar solución definitiva a
la localización de familias con integrantes contaminados por plomo;
III)
que el inciso cuarto del artículo 62 del T.O.C.A.F. establece que los
recursos tendrán efecto suspensivo, salvo que la Administración
actuante, por resolución fundada, declare que dicha suspensión afecta
inaplazables necesidades del servicio o le causa graves perjuicios;
IV)
que se estima conveniente disponer el levantamiento del efecto suspensivo
de los recursos presentados en virtud de la importancia de la temática a
raíz de la cual se convocaron dichos procedimientos y que se menciona en
el Considerando II);
ATENTO:
a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Asesoría Técnica
-Área Jurídica y la Asesoría Letrada y Notarial de la Dirección
Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Levántese el efecto
suspensivo de los recursos de revocación presentados por el Sr. Oscar
Alonso, en representación de la empresa HERFI LTDA., contra las
Resoluciones del Poder Ejecutivo de fecha 9 y 30 de julio de 2002, a
través de las cuales se dispuso la adjudicación a la empresa
FAVARO CONSTRUCCIONES LTDA. de las Licitaciones Públicas Nacionales N°
08/002/01 y N° 07/002/01 respectivamente.
2º.-
Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, y pase a su Asesoría Técnica - Área Notarial a efectos de su
notificación y posterior trámite.
3º.- Comuníquese,
etc.
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