08/10/02

08/10/02 – SE LEVANTA EFECTO SUSPENSIVO DE RECURSOS DE REVOCACIÓN PRESENTADOS POR LA EMPRESA HERFI LTDA.


VISTO:
estas actuaciones sustanciadas en el Expediente N° 2002/14001/1/03223 del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

RESULTANDO: I) que en las mismas compareció el Sr. Oscar Alonso, actuando en representación de HERFI LTDA., estableciendo que presenta recursos de revocación contra las resoluciones dictadas el nueve de julio y treinta de julio de 2002 en los expedientes 4101/2001 y 4102/2001, recaída en asuntos N° 33/2002 y 44/2002, respectivamente, relativos a adjudicación de las licitaciones públicas N° 08/002/01 y 07/002/001;

II) que el compareciente difirió la fundamentación del recurso incoado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 155 del Decreto N° 500/91;

III) que surge del informe jurídico de fojas 12 que lo que se pretende recurrir son los actos administrativos que dispusieron la adjudicación de los procedimientos de contratación convocados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, por los cuales se dispuso la contratación de la empresa FAVARO CONSTRUCCIONES LTDA. con el objeto del suministro de cincuenta y nueve (59) viviendas y cincuenta y cuatro (54) viviendas en Montevideo, respectivamente;

CONSIDERANDO: I) que el compareciente, Sr. Oscar Alonso, no ha expresado los agravios y fundamentos de los recursos que presenta en representación de HERFI LTDA.;

II) que los procedimientos de contratación indicados refieren a situaciones de extrema gravedad en virtud de que procuran dar solución definitiva a la localización de familias con integrantes contaminados por plomo;

III) que el inciso cuarto del artículo 62 del T.O.C.A.F. establece que los recursos tendrán efecto suspensivo, salvo que la Administración actuante, por resolución fundada, declare que dicha suspensión afecta inaplazables necesidades del servicio o le causa graves perjuicios;

IV) que se estima conveniente disponer el levantamiento del efecto suspensivo de los recursos presentados en virtud de la importancia de la temática a raíz de la cual se convocaron dichos procedimientos y que se menciona en el Considerando II);

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Asesoría Técnica -Área Jurídica y la Asesoría Letrada y Notarial de la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Levántese el efecto suspensivo de los recursos de revocación presentados por el Sr. Oscar Alonso, en representación de la empresa HERFI LTDA., contra las Resoluciones del Poder Ejecutivo de fecha 9 y 30 de julio de 2002, a través de las cuales se dispuso la adjudicación a la empresa FAVARO CONSTRUCCIONES LTDA. de las Licitaciones Públicas Nacionales N° 08/002/01 y N° 07/002/01 respectivamente.

2º.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y pase a su Asesoría Técnica - Área Notarial a efectos de su notificación y posterior trámite.

3º.- Comuníquese, etc.