11/10/02

10/10/02 – SE DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE PROSPECCIÓN A TONER S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCION concedido a TONER S.A. por resolución de 26 de abril de 1991 y sus modificativas de 12 de diciembre de 1991 y 26 de mayo de 1995, en busca de rocas graníticas en la 6a Sección Judicial del Departamento de Flores;

RESULTANDO: I) que el referido título fue otorgado por el plazo de 12 meses y notificado el 3 de mayo de 1991;

II) que el 12 diciembre de 1991 fue suspendido el cómputo del plazo de vigencia del título minero a partir de 9 de mayo de 1991 hasta el otorgamiento y notificación de la resolución imponiendo la servidumbre respectiva, el que fuera modificado el 26 de mayo de 1995 suspendiendo dicho cómputo hasta que se imponga a la titular el efectivo ejercicio de la servidumbre, debiendo acreditar el estado de las actuaciones judiciales mensualmente;

III) que de acuerdo al informe de la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Minería y Geología, TONER S.A. se encuentra habilitada a ingresar al predio a partir del 16 de setiembre de 1996, habiendo incumplido la orden judicial de proceder a la apertura y sustitución de candados;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero, prevista en el artículo 21, ordinal I), literal a) del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad deI título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a TONER S.A. por resolución de 26 de abril de 1991 y sus modificativas de 12 de diciembre de 1991 y 26 de mayo de 1995, en busca de rocas graníticas afectando los padrones 451, 1694, 1860, 1872, 1880, 1881 (p), 1882, 1883, 1884, 1891 y 2049, en un área de 2871 hás. 8 m.c. en la 6a Sección Judicial del Departamento de Flores;

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-