16/10/02
15/10/02 – SE MANTIENE
LA RESOLUCIÓN DE FECHA 4 DE DICIEMBRE DE 2001
VISTO: los recursos
de revocación y jerárquico interpuestos por los ex funcionarios: Sub
Comisario Richard PEREZ ABREU, Cabo Héctor NÚÑEZ MORA, Agente de 1º
Martín Darío GONZALEZ y el recurso de revocación interpuesto por el
Agente de 1º Francisco GUTIERREZ SPEZZANO, todos de la Jefatura de
Policía de Canelones, contra la resolución de fecha 4 de diciembre de
2001 por la cual se los declaró cesantes.
RESULTANDO: que en
general, los recurrentes reiteran en sus escritos, los agravios que
formularan al evacuar las vistas previas a la clausura del sumario, y en
especial: que los hechos que se les imputan no están probados, que el
sumario es nulo porque se inició en base a una denuncia anónima, que
existió prejuzgamiento por el surnariante y por el asesor del
Departamento Jurídico
CONSIDERANDO: I) que
desde el punto de vista formal corresponde únicamente el recurso de
revocación por tratarse de un acto administrativo dictado en ejercicio de
atribuciones delegadas por el Poder Ejecutivo y por tanto, imputable al
mismo.
II) que en lo sustancial,
en las actuaciones penales acordonadas a las presentes, se reproducen
prácticamente los mismos argumentos manejados por el Instructor
Sumariante y por el Abogado que dictaminara en el sumario instruído, y
concluye con el procesamiento con prisión de los policías cesantes
III)
que al ex Sub Comisario PEREZ ABREU se le imputa un delito de:
"Falsificación ideológica por un Funcionario Público en
concurrencia fuera de la reiteración con un delito de Peculado" y a
los otros tres: "Peculado".
IV)
que más allá de las resultancias del proceso penal, los hechos existen y
gravitaron muy negativamente en Sede Administrativa, siendo incompatibles
con la calidad de policía de sus autores, afectando la imagen del
Instituto Policial.
ATENTO:
a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio del
Interior;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
MANTIENESE la resolución de fecha 4 de diciembre de 2001 por la cual se
declaró cesantes a los entonces: Sub Comisario Richard PEREZ ABREU, Cabo
Héctor NUÑEZ MORA y Agentes de 1º Martín Darío GONZALEZ y Francisco
GUTIERREZ SPEZZANO, todos de la Jefatura de Policía de Canelones.
2°)
PUBLÍQUESE y pase a la Jefatura de Policía de Canelones para su
conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.
Oportunamente, archívese.
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