16/10/02

16/10/02 – EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE LARINGECTOMIZADOS DEL URUGUAY

VISTO: la gestión promovida por la Asociación de Laringectomizados del Uruguay (A.L.U.) , en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, diez laringes electrónicas y treinta baterías recargables.-

RESULTANDO: I) que la gestionante cuenta con personería jurídica reconocida y estatutos aprobados por Resolución del Poder Ejecutivo de 23 de junio de 1985, teniendo como objeto social prestar ayuda a aquellas personas a las que se les haya practicado una laringectomía total o parcial.-

II) que dicho material será importado con la finalidad de entregarlo, sin costo, a pacientes laringectomizados de escasos recursos económicos.-

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, están exoneradas de impuestos nacionales las asociaciones benéficas de asistencia gratuita a pobres, enfermos e inválidos.-

II) que en su mérito, corresponde declarar que la importación precitada está exonerada del pago de la Tasa Global Arancelaria, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Comisión sobre Importaciones y la Tasa de Servicios Extraordinarios.-

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase a la Asociación de Laringectomizados del Uruguay (A.L.U.), exonerada del pago de la Tasa Global Arancelaria, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Comisión sobre Importaciones y de la Tasa de Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de cinco laringes electrónicas completas de la firma Romet Inc.; cinco laringes electrónicas completas de la firma Servox y treinta baterías recargables para laringes electrónicas, por un valor total de U$S 4.080,00 (cuatro mil ochenta dólares de los Estados Unidos de América).-

2º) Comuníquese, notifíquese y archívese.