23/10/02
23/10/02 – SE APRUEBA RESOLUCIÓN N°
273/3243 DEL DIRECTORIO DE LA ANP DE 26/06/02
VISTO:
estos antecedentes relacionados con la gestión promovida ante la
Administración Nacional de Puertos por parte de la firma LOS CIPRESES
S.A., para la devolución del Edificio Santos del Puerto de
Montevideo.
RESULTANDO: I) Que dicha firma
usufructúa el inmueble precitado como adjudicatario de que fue objeto de
la Licitación Pública N° II/93, formulada por dicha Administración,
para la "Concesión de la Terminal Fluvio Marítima de Pasajeros en
el Puerto de Montevideo", la cual comprendió una serie de inmuebles
y áreas pertenecientes a la Administración Nacional de Puertos entre las
que se incluyó el Edificio Santos y sus áreas anexas.
II)
Que el Poder Ejecutivo por Resolución del 21 de setiembre de 1994
aprobó la adjudicación precitada.-
III)
Que la Administración Nacional de Puertos a través de la Resolución de
su Directorio N° 273/3243 de 26 de junio de 2002, dispuso: a) aceptar la
devolución de las áreas del Depósito Santos y Anexos que se identifican
en los planos obrantes de fs. 3 a 5 de autos, los que quedan fuera del
objeto de la concesión aludida; b) asimismo aceptó el canon mensual
adicional ofrecido por la firma LOS CIPRESES S.A. de U$S l,20/m2/mes por
el área del referido Depósito que permanece dentro de la concesión
indicada, y c) mantuvo vigente el resto de las condiciones contractuales
pactadas entre la Administración Nacional de Puertos y la firma en cuestión,
que surge del documento suscrito a esos efectos el 16 de noviembre de
1994.
IV)
Que han tomado intervención al respecto en la órbita del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios
y su Departamento Letrada, no formulando objeciones en tal sentido.
CONSIDERANDO:
que la propuesta de la empresa LOS CIPRESES S.A. no modifica los ingresos
a percibir por la Administración Nacional de Puertos, sino que incorpora
un canon adicional por el área que no se reintegra a.la Administración,
modificación contractual que se ajusta a la normativa legal vigente en un
todo de acuerdo con la intervención que formuló el Tribunal de Cuentas
de la República (Oficina Central Carpeta N° 163.566).
ATENTO:
a lo establecido en la Ley N°16.246 de 8 de abril de 1992 (Ley de Puertos
y su Decreto Reglamentario N°412/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°.-
Apruébase
la Resolución N°273/3243 del Directorio de la Administración Nacional
de Puertos de 26 de junio de 2002, por la cual dicha Administraci6n
aceptó la propuesta formulada por la empresa LOS CIPRESES S.A., de
devolución de las áreas del Depósito Santos y Anexos, según planos
obrantes en autos, asimismo aceptó el canon mensual adicional ofrecido
por dicha firma de U$S l,20/m2/mes (dólares estadounidenses: uno con
veinte centavos por metro cuadrado por mes) por el área del citado
Depósito que permanece dentro de la concesión inicial, mantiene a todos los
efectos el resto de las condiciones pactadas contractualmente, la cual
dicha firma es concesionaria según aprobación dada por Resolución del
Poder Ejecutivo de 21 de setiembre de 1994.
2°.-
Comuníquese y vuelva a la Administraci6n.. Nacional de Puertos a sus
efectos.
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