30/10/02
30/10/02 –
SE REVOCA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR COMO EMPRESA DE INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA A “HSBC BANCO ROBERTS (URUGUAY) S.A.I.F.E.”
VISTO: la
gestión del Banco Central del Uruguay de 21 de enero de 2002, en la que
solicita la revocación de la autorización para funcionar de "HSBC
Banco Roberts (Uruguay) S.A.I.F.E." (en liquidación).-
RESULTANDO:
I) que la mencionada institución de intermediación financiera ha
cesado voluntariamente sus actividades en la República Oriental del
Uruguay el 30 de noviembre de 2001.-
II) que
el Banco Central del Uruguay le retiró la habilitación para funcionar a
partir del 1° de diciembre de 2001.-
III) que
la respectiva autorización para funcionar fue concedida a la referida
institución financiera por Resolución del Poder Ejecutivo de 7 de
febrero de 1995, habiendo quedado habilitada su actividad el 31 de marzo
del mismo año.-
CONSIDERANDO:
I) que los organismos asesores correspondientes no formulan
observaciones.-
II) que
corresponde disponer la revocación solicitada, conforme con lo dispuesto
por el Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 y normas
modificativas y concordantes.-
ATENTO: a
lo expuesto y a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la
Auditoría Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio
de Economía y Finanzas.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°)
Revócase la autorización para funcionar como empresa de intermediación
financiera a " HSBC Banco Roberts (Uruguay) S.A.I.F.E." que
fuera otorgada por Resolución del Poder Ejecutivo de 7 de febrero de
1995.
2°)
Comuníquese, notifíquese, devuélvase la documentación que corresponde
y archívese.
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