30/10/02

30/10/02 – SE REVOCA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR COMO EMPRESA DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA A “HSBC BANCO ROBERTS (URUGUAY) S.A.I.F.E.”

VISTO: la gestión del Banco Central del Uruguay de 21 de enero de 2002, en la que solicita la revocación de la autorización para funcionar de "HSBC Banco Roberts (Uruguay) S.A.I.F.E." (en liquidación).- 

RESULTANDO: I) que la mencionada institución de intermediación financiera ha cesado voluntariamente sus actividades en la República Oriental del Uruguay el 30 de noviembre de 2001.-

II) que el Banco Central del Uruguay le retiró la habilitación para funcionar a partir del 1° de diciembre de 2001.-

III) que la respectiva autorización para funcionar fue concedida a la referida institución financiera por Resolución del Poder Ejecutivo de 7 de febrero de 1995, habiendo quedado habilitada su actividad el 31 de marzo del mismo año.-

CONSIDERANDO: I) que los organismos asesores correspondientes no formulan observaciones.-

II) que corresponde disponer la revocación solicitada, conforme con lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de 1982 y normas modificativas y concordantes.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría Interna de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas. 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Revócase la autorización para funcionar como empresa de intermediación financiera a " HSBC Banco Roberts (Uruguay) S.A.I.F.E." que fuera otorgada por Resolución del Poder Ejecutivo de 7 de febrero de 1995.

2°) Comuníquese, notifíquese, devuélvase la documentación que corresponde y archívese.