31/10/02

30/10/02 – EXONERACIÓN DE IMPUESTOS A LA DIÓCESIS DE CANELONES

VISTO: la gestión promovida por la Diócesis de Canelones de la Iglesia Católica Apostólica y Romana, en la que solicita exoneración de impuestos nacionales al amparo de lo dispuesto en el artículo 69° de la Constitución de la República.-

RESULTANDO: que la institución peticionante es una entidad religiosa, amparada por los artículos 5° y 69° de la Constitución de la República.-

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, las instituciones religiosas están exoneradas de tributos por los bienes que posean, adquieran o reciban, destinados al culto y a obras educacionales o asistenciales.-

II) que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, la referida exención alcanza sólo a los bienes, negocios jurídicos y servicios directamente relacionados con la prestación de las actividades comprendidas en el objeto de la institución.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General Impositiva, la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase exonerada de Impuestos Nacionales a la Diócesis de Canelones de la Iglesia Católica Apostólica y Romana.-

2°) La exoneración dispuesta alcanza solamente a los bienes, servicios o negocios jurídicos que estén relacionados directamente con las actividades que desarrolla la referida institución. El Poder Ejecutivo apreciará en cada caso, la necesidad que de los bienes tenga la institución gestionante, para el cumplimiento de los fines tutelados, conforme a lo dispuesto por el artículo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

3°) En cuanto a la declaración de exoneración de Impuestos Municipales, la gestionante deberá solicitarla ante los Gobiernos Departamentales respectivos.-

4°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Dirección General Impositiva a sus efectos. Cumplido, vuelva para su archivo.-