01/11/02

31/10/02 – AUTORIZACIÓN PARA SUSCRIBIR CARTA CONVENIO CON EL BID

VISTO: La Cooperación Técnica No Reembolsable, que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su calidad de Administrador del Fondo Multilateral de Inversiones tiene el propósito de formalizar con la República Oriental del Uruguay por hasta el monto de U$S 420.000 (Dólares Americanos cuatrocientos veinte mil) o su equivalente en otras monedas convertibles; 

RESULTANDO: Que la referida Cooperación Técnica tiene por objeto financiar la contratación de servicios de consultoría y la adquisición de bienes, necesarios para la realización del Programa de Apoyo al Marco Regulatorio de los Servicios de Comunicaciones, cuyo Organismo Ejecutor será la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (O.P.P.).

CONSIDERANDO: Que resulta necesario autorizar al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Señor Cr. Ariel Davrieux a suscribir y otorgar, en representación del Estado la respectiva Carta Convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

ATENTO: a lo expuesto por las normas para la utilización de Consultores por los prestatarios del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), art. 486 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y art. 356 de la Ley N° 16.226 de 20 de octubre de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1) Autorízase al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Señor Cr. Ariel Davrieux a suscribir y otorgar, en representación del Estado, la Carta Convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su calidad de Administrador del Fondo Multilateral de Inversiones (FOWN), con el propósito de formalizar una Cooperación Técnica No Reembolsable con la República Oriental del Uruguay por hasta el monto de U$S 420.000 (Dólares Americanos cuatrocientos veinte mil) o su equivalente en otras monedas convertibles, para financiar la contratación de servicios de consultoría y la adquisición de bienes, necesarios para la realización del Programa de Apoyo al Marco Regulatorio de los Servicios de Comunicaciones, así como a otorgar y suscribir todos los actos y documentos relacionados con la ejecución y desarrollo del mismo.

2) El organismo Ejecutor de este Programa, será la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

3) Comuníquese y notifíquese a los interesados.