12/11/02

12/11/02 – SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA A VENDER INMUEBLE PADRÓN N° 7012 DE  LA CIUDAD DE COLONIA

VISTO: la existencia dentro del patrimonio del Estado y afectado al Ministerio de Salud Pública, del bien inmueble padrón No.7012 de la ciudad de Colonia;

RESULTANDO: que dicho inmueble lo hubo en mayor área, mediante Transferencia de la Liga Uruguaya contra la Tuberculosis, el 8 de junio de 1934;

CONSIDERANDO: I) que dicho bien fue declarado prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales de dicha Secretaria de Estado, por el Decreto No.65/2002 de 8 de febrero de 2002;

II) que el Poder Ejecutivo puede enajenar bienes fiscales fundado en causales de necesidad o utilidad, dentro de las cuales está comprendida la enajenación del bien referido;

III) lo informado por la División Jurídico-Notarial;

ATENTO: a lo dispuesto por el articulo 343 de la Ley No.13.835 de 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes y a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorizase al Ministerio de Salud Pública a vender el inmueble padrón No.7012 de la ciudad de Colonia, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 343 de la Ley No. 13.835 de 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes.

2º.- Comuníquese.