20/11/02

19/11/02 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

VISTO: el Convenio celebrado el 10 de octubre de 2002, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Montevideo

RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por objeto: a) los trabajos de adecuación del hábitat de felinos en el Zoológico Municipal de Villa Dolores de esta ciudad, y b) abonar con la ejecución de dichas obras hasta por el monto que se dirá en la Cláusula Tercera, la contraprestación por la compra del inmueble padrón N° 418.588 de Montevideo, propiedad de la Intendencia Municipal de Montevideo

II) Que la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, contribuirá con la suma de $752.536.- (pesos uruguayos setecientos cincuenta y dos mil quinientos treinta y seis), que se atenderá con los rubros correspondientes al Inciso 10, Unidad Ejecutora 005, Financiamiento 12, Programa 005, Proyecto 758, Ejercicio 2002, existiendo los créditos disponibles de acuerdo al Artículo 1° del Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 587, y con el Decreto N° 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, será depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, N° 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra y 4ta)

III) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye además con la asistencia técnica necesaria para la dirección, administración y ejecución .de las obras, así como los equipos e infraestructura empresarial necesarios para la realización de los trabajos, mediante el sistema de Administración Directa (Cláusula Cuarta)

IV) Que la Intendencia Municipal de Montevideo, contribuirá con la suma de $ 119.383.- (pesos uruguayos ciento diecinueve mil trescientos ochenta y tres), según Resolución de la Intendencia Municipal de Montevideo N° 2393/02 de fecha 21 de junio de 2002, para completar el monto correspondiente a la finalización de los trabajos de acuerdo a la Cláusula Segunda del Convenio

V) Que el Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la República, ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha efectuado la intervención previa que le compete

CONSIERANDO: I) que la realización de los trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Administración Directa, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el Articulo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986

II) Que en razón de lo expuesto, procede a aprobar el Convenio de que se trata

ATENTO: a lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE.

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 10 de octubre de 2002, entre el Ministerio de Transporte y ,Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Montevideo, que tiene por finalidad: a) los trabajos de adecuación del hábitat de felinos en el Zoológico Municipal de Villa Dolores de esta ciudad, y b) abonar con la ejecución de dichas obras hasta por el monto que se dirá en la cláusula tercera, la contra prestación por la compra del inmueble padrón N° 418.588 de Montevideo, propiedad de la Intendencia .Municipal de Montevideo

2°.- Autorizase la Dirección Nacional de Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $850.000.- (pesos uruguayos ochocientos cincuenta mil) en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo a lo especificado en los Resultandos II y IV de la presente Resolución, la realización de las indicadas obras por el régimen de Administración Directa

3°.- Autorizase, asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986

4°.- Establécese que la Intendencia Municipal de Montevideo deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner a disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en efectivo referido, en la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección

5°.- Establécese que la Dirección Nacional de Arquitectura deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales  reglamentarias

6°.- Comuníquese y vuelva -por su orden- al Departamento de Convenios, Dirección Nacional de Arquitectura y Departamento Notarial de Secretaría, a sus efectos.-