20/11/02
19/11/02
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
VISTO:
el
Convenio celebrado el 10 de octubre de 2002, entre el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Montevideo
RESULTANDO:
I) que
el citado Convenio tiene por objeto: a) los trabajos de adecuación del
hábitat de felinos en el Zoológico Municipal de Villa Dolores de esta
ciudad, y b) abonar con la ejecución de dichas obras hasta por el monto
que se dirá en la Cláusula Tercera, la contraprestación por la compra
del inmueble padrón N° 418.588 de Montevideo, propiedad de la
Intendencia Municipal de Montevideo
II)
Que
la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, contribuirá con la suma de $752.536.- (pesos uruguayos
setecientos cincuenta y dos mil quinientos treinta y seis), que se
atenderá con los rubros correspondientes al Inciso 10, Unidad Ejecutora
005, Financiamiento 12, Programa 005, Proyecto 758, Ejercicio 2002,
existiendo los créditos disponibles de acuerdo al Artículo 1° del
Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 587, y
con el Decreto N° 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho monto en efectivo,
ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción, elaborado
por el Instituto Nacional de Estadística, será depositado en la Cuenta
de la Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, N° 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del
Uruguay (Cláusulas 3ra y 4ta)
III)
Que
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de su Dirección
Nacional de
Arquitectura,
contribuye además con la asistencia técnica necesaria para la
dirección, administración y ejecución .de las obras, así como los
equipos e infraestructura empresarial necesarios para la realización de
los trabajos, mediante el sistema de Administración Directa (Cláusula
Cuarta)
IV)
Que
la Intendencia Municipal de Montevideo, contribuirá con la suma de $
119.383.- (pesos uruguayos ciento diecinueve mil trescientos ochenta y
tres), según Resolución de la Intendencia Municipal de Montevideo N°
2393/02 de fecha 21 de junio de 2002, para completar el monto
correspondiente a la finalización de los trabajos de acuerdo a la
Cláusula Segunda del Convenio
V)
Que
el Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la República,
ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha efectuado la
intervención previa que le compete
CONSIERANDO:
I) que
la realización de los trabajos indicados en el mencionado Convenio,
estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Administración
Directa, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para
contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y
suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el
Articulo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986
II)
Que en razón de lo expuesto, procede a aprobar el Convenio de que se
trata
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE.
1°.-
Apruébase,
en todas sus partes, el Convenio celebrado el 10 de octubre de 2002, entre
el Ministerio de Transporte y ,Obras Públicas y la Intendencia Municipal
de Montevideo, que tiene por finalidad: a) los trabajos de adecuación del
hábitat de felinos en el Zoológico Municipal de Villa Dolores de esta
ciudad, y b) abonar con la ejecución de dichas obras hasta por el monto
que se dirá en la cláusula tercera, la contra prestación por la compra
del inmueble padrón N° 418.588 de Montevideo, propiedad de la
Intendencia .Municipal de Montevideo
2°.-
Autorizase la Dirección Nacional de Arquitectura del citado Ministerio, a
ejecutar, hasta la
suma de $850.000.- (pesos uruguayos ochocientos cincuenta mil) en
efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la Construcción,
elaborado por el Instituto Nacional de Estadística,
de acuerdo a lo especificado en los Resultandos II y IV de la presente Resolución,
la realización de las indicadas obras por el régimen de Administración
Directa
3°.-
Autorizase, asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar
todos los aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el
Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986
4°.-
Establécese
que la Intendencia Municipal de Montevideo deberá, previa intervención
de las oficinas pertinentes, poner a disposición de la Dirección
Nacional de Arquitectura, el aporte en efectivo referido, en la Cuenta N°
152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa Central)
de la indicada Dirección
5°.-
Establécese que la Dirección Nacional de Arquitectura deberá rendir
cuenta documentada de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con
las normas legales
reglamentarias
6°.-
Comuníquese
y vuelva -por su orden- al Departamento de Convenios, Dirección Nacional
de Arquitectura y Departamento Notarial de Secretaría, a sus efectos.-
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