09/11/02
07/12/02 –
SE INTERVIENE OCA-COOPERATIVA MÉDICA A EFECTOS DE SU LIQUIDACIÓN Y
CLAUSURA
VISTO: la
crítica situación económico-financiera y de cobertura asistencial que
presenta la Institución de Asistencia Médica Colectiva denominada
"Organización Cooperativa de Asistencia- Cooperativa Médica
(OCA-Cooperativa Médica)";
RESULTANDO:
I) que, la referida Institución presentaba a noviembre de 2000 una
situación económico-financiera que evidenciaba un sostenido
endeudamiento a corto plazo, así como un progresivo deterioro en sus
indicadores de solvencia y liquidez;
II) que,
frente a dicha situación el Ministerio de Salud Pública le solicitó que
formulara propuestas que posibilitara su viabilidad, en consideración a
que no se encontraba en condiciones de sostenibilidad
económico-financiera para superar la crisis en la que se encontraba;
III) que,
el 23 de marzo de 2001, presento un contrato de complementación
asistencial suscrito con el CASMU, cuyo objetivo era lograr un proceso de
integración entre ambas instituciones, que finalmente no prosperó;
IV) que,
a partir del mes de mayo de 2002, la División Servicios de Salud del
Ministerio de Salud Pública, acentuó la fiscalización de la
Institución, realizando varias inspecciones técnicas en las cuales
constató dificultades crecientes en la provisión de insumos y en
particular de los medicamentos;
V) que ello determinó
que se estableciera un mecanismo de monitoreo regular, por el cual se
efectuaron periódicas visitas técnicas en la Institución, quien debía
además remitir diariamente información asistencial, con la cual se
apreciaba la creciente dificultad para enfrentar las obligaciones
asistenciales;
VI) que, la
Organización Cooperativa de Asistencia-Cooperativa Médica, no ha podido
revertir la critica situación económico financiera que se constatara en
el año 2000, incrementándose en este último ejercicio el déficit
económico y el nivel de endeudamiento;
VII) que, finalmente el
6 de diciembre de 2002, el Presidente del Consejo Directivo de la
Organización Cooperativa de Asistencia-Cooperativa Médica, en virtud de
la grave situación económico financiera, solicitó al Ministerio de
Salud Pública la intervención para su liquidación;
CONSIDERANDO: I) que,
es menester adoptar las medidas en procura de garantizar la continuidad de
los servicios asistenciales a los afiliados, evitando cualquier
agravamiento que ponga en riesgo el acceso a una adecuado nivel de
prestaciones;
II) que, la
Institución de Asistencia Médica Colectiva Organización Cooperativa de
Asistencia-Cooperativa Médica, no se encuentra en condiciones de brindar
-por sí- los niveles de atención determinados por las normas vigentes y
presenta desequilibrios de importancia en su normal funcionamiento;
ATENTO: a lo dispuesto
por los artículo 2 de la Ley No. 9;202 de 12 de enero de 1934, 1, 2, 3,
11 siguientes y concordantes del Decreto-ley No. 15.181 de 21 de agosto de
1981 y 280 de la Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de 1987, lo informado
por la División Servicios de Salud y la División Jurídico Notarial del
Ministerio de Salud Pública;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Interviénese a
los efectos de su liquidación y clausura la Institución de Asistencia
Médica Colectiva denominada "Organización Cooperativa de
Asistencia-Cooperativa Médica (OCA-Cooperativa Médica)"
cancelándose la totalidad de las habilitaciones con las que contaba para
funcionar, así como la de todos los servicios involucrados, cualquier sea
su naturaleza
2°.- Dispónese la
separación de las autoridades naturales de "Organización
Cooperativa de Asistencia-Cooperativa Médica."
3°.- Desígnase una
Comisión Interventora Liquidadora, con las más amplias facultades de
administración y disposición, integrada por la Dra. Lucía Capdeville,
Dr. Alejandro Morelli y el Cr. José Luis Damonte a quien se comete las
diligencias de estilo, así como el cumplimiento de la normativa vigente
4°.- Asígnase a los
señores Interventores-liquidadores una retribución mensual de $ 20.000
mas IVA con cargo a la Institución mencionada
5º.- Oportunamente,
informe la Comisión designada el resultado de su gestión.
6º.- Comuníquese,
etc.-
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