19/12/02

13/12/02 – SE OBSERVA EL PROYECTO DE PRESUPUESTO OPERATIVO, DE OPERACIONES FINANCIERAS  Y DE INVERSIÓN DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL CORRESPONDIENTE EL EJERCICIO 2002

VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Previsión Social correspondiente al ejercicio 2002, aprobado por Resolución de su Directorio N° 25-1/01 de 25 de julio de 2001

RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la que formuló diversas sugerencias al Directorio del Banco de Previsión Social con referencia al proyecto de Presupuesto mencionado

II) Que dichas sugerencias remitidas al Instituto por Notas N° 68/01/C de 29 de noviembre de 2001 y 37/02/C de 4 de julio de 2002 fueron: i) eliminar la totalidad de las vacantes existentes a excepción de las que serán ocupadas por los 5 cargos de Gerentes Regionales que se propone crear;

ii) eliminar el artículo 35 del proyecto de normas presupuestales (protección al discapacitado) así como la partida del renglón 078117 -"Ley 16.095 art .42" por $ 321.322, puesto que no correspondería de acuerdo a lo sugerido en el punto anterior;

iii) eliminar el artículo 26 del proyecto de normas presupuestales así como las partidas previstas en el Rubro 0-"Retribuciones de Servicios Personales", Rubro 1 "Cargas Legales" y Rubro 7-"Beneficios Sociales" .

(Gerente de Repartición, Gerente de Área y Gerente de Sector);

iv) eliminar el artículo 49 del proyecto de normas presupuestales (Reestructura Orgánica Funcional del Instituto);

v) eliminar el Artículo 50 del proyecto de normas presupuestales (Trasposiciones del Rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales);

vi) asignar al renglón 067104 "Compensación Disponibilidad y Guardias" la partida correspondiente a esa compensación, que fuera asignada en este Presupuesto al renglón 061305 -"Turno Rotativo";

vii) eliminar del renglón 7.4.2 "Transferencia a Instituciones .Educativas" la partida correspondiente al convenio con la Universidad de la República y/u otros convenios para proveer al Instituto de informáticos;

viii) el Presupuesto de Inversiones no podrá superar los U$S 12:000.000 y el rubro 3 de inversiones no podrá superar los U$S 8:500.000;

ix) eliminar del artículo 51 en cuanto a la facultad solicitada del Banco de Previsión Social de incorporar en cargos presupuestales a los actuales funcionarios contratados de Función Pública. Asimismo si bien se entiende conveniente mantener la facultad al Instituto de implantar un programa de incentivo al retiro voluntario de su personal, se sugiere incorporar que el Fondo de Participación que le correspondería a los funcionarios que se acojan al programa de incentivo al retiro (una vez financiados los retiros con dicho fondo) no se distribuirá entre el resto del personal sino que se integrará a los ingresos del Banco de Previsión Social;

x) reiterar lo sugerido en el Presupuesto 2001 respecto de la no inclusión de los Directores en el Fondo de Participación por lo que se sugiere la eliminación del párrafo del artículo 3 del Proyecto de Normas Presupuestales 2002 referido a esta compensación;

xi) ajustar la remuneración de los integrantes del Directorio a lo dictaminado por el rribunal de Cuentas en su acuerdo de fecha 20 de junio de 2002

III) Que por Resolución de 29 de agosto de 2001, el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto del mismo proyecto de Presupuesto disponiendo formular observaciones al mismo por existir una contradicción entre lo dispuesto por los artículos 50 y 55 Numeral 2) ya que el artículo 50 autoriza con carácter excepcional para el ejercicio 2002, las trasposiciones entre los distintos renglones del Rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales" a los efectos de atender las necesidades emergentes de la aplicación de la Reestructura Orgánica Funcional, y por el artículo 55 Numeral 2) se señalan limitaciones a las trasposiciones del Rubro 0;

IV) Que el Directorio del Banco de Previsión Social por Resolución N°45-47/01 de 19 de diciembre de 2001 y Nota N° 473/02 de 1° de agosto de 2002 realizó ajustes en su proyecto de presupuesto pero los mismos no cumplen con las sugerencias de la oficina de Planeamiento y Presupuesto en cuanto a:

i) incorporar al artículo 49 del Proyecto de Normas Presupuestales que el Fondo de Participación que le correspondería a los funcionarios que se acojan al programa de incentivo al retiro (una vez financiados los retiros con dicho fondo) no se distribuirá entre el resto del personal sino que se integrará a los ingresos del Banco de Previsión Social;

ii) eliminar del Artículo 3° del Proyecto de Normas Presupuestales el párrafo correspondiente a la inclusión de los Directores en el Fondo de Participación;

iii) ajustar la remuneración de los integrantes del Directorio a lo Dictaminado por el Tribunal de Cuentas en su acuerdo de fecha 20 de junio de 2002;

iv) eliminar la totalidad de las vacantes existentes a excepción de las que serán ocupadas por los cinco cargos de Gerentes Regionales y los tres cargos de Gerentes de Repartición, Área y Sector respectivamente;

v) reducir el Presupuesto de Inversiones a un monto total equivalente a U$S 12,000.000 (dólares estadounidenses doce millones) no pudiendo superar el Rubro 3 "Servicios No Personales" el equivalente a U$S 8,500.000 (dólares estadounidenses ocho millones quinientos mil) 

V) Que por Resolución de 6 de febrero de 2002, el Tribunal de Cuentas emitió nuevo dictamen respecto de los ajustes realizados al proyecto de presupuesto 2002 disponiendo levantar la observación formulada con fecha 29 de agosto de 2001

CONSIDERANDO: Que surge de lo expresado que en el caso se da la situación de que no media conformidad respecto del Proyecto de Presupuesto, entre el Ente y el Poder Ejecutivo, por lo que corresponde su observación por parte de este último

ATENTO: A lo establecido en el artículo N° 221 de la Constitución de la República y a lo expresado precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°. Obsérvase el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Previsión Social, correspondiente al ejercicio 2002, aprobado por Resolución de su Directorio N° 45-47/01 de 19 de diciembre de 2001 y Nota N° 473/02 de 1° de agosto de 2002, de acuerdo con lo expuesto en el Resultando IV.

2°. Remítase al Banco de Previsión Social.

3°. Comuníquese, publíquese, etc.-