19/12/02
13/12/02 –
SE OBSERVA EL PROYECTO DE PRESUPUESTO OPERATIVO, DE OPERACIONES
FINANCIERAS Y DE INVERSIÓN
DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL CORRESPONDIENTE EL EJERCICIO 2002
VISTO: El
Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco de Previsión Social correspondiente al ejercicio
2002, aprobado por Resolución de su Directorio N° 25-1/01 de 25 de julio
de 2001
RESULTANDO:
I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, la que formuló diversas sugerencias al
Directorio del Banco de Previsión Social con referencia al proyecto de
Presupuesto mencionado
II) Que
dichas sugerencias remitidas al Instituto por Notas N° 68/01/C de 29 de
noviembre de 2001 y 37/02/C de 4 de julio de 2002 fueron: i) eliminar la
totalidad de las vacantes existentes a excepción de las que serán
ocupadas por los 5 cargos de Gerentes Regionales que se propone crear;
ii) eliminar el
artículo 35 del proyecto de normas presupuestales (protección al
discapacitado) así como la partida del renglón 078117 -"Ley 16.095
art .42" por $ 321.322, puesto que no correspondería de acuerdo a lo
sugerido en el punto anterior;
iii) eliminar el
artículo 26 del proyecto de normas presupuestales así como las partidas
previstas en el Rubro 0-"Retribuciones de Servicios Personales",
Rubro 1 "Cargas Legales" y Rubro 7-"Beneficios
Sociales" .
(Gerente de
Repartición, Gerente de Área y Gerente de Sector);
iv) eliminar el
artículo 49 del proyecto de normas presupuestales (Reestructura Orgánica
Funcional del Instituto);
v) eliminar el
Artículo 50 del proyecto de normas presupuestales (Trasposiciones del
Rubro 0 "Retribuciones de Servicios Personales);
vi) asignar al
renglón 067104 "Compensación Disponibilidad y Guardias" la
partida correspondiente a esa compensación, que fuera asignada en este
Presupuesto al renglón 061305 -"Turno Rotativo";
vii) eliminar del renglón 7.4.2
"Transferencia a Instituciones .Educativas" la partida
correspondiente al convenio con la Universidad de la República y/u otros
convenios para proveer al Instituto de informáticos;
viii) el Presupuesto de Inversiones no podrá
superar los U$S 12:000.000 y el rubro 3 de inversiones no podrá superar
los U$S 8:500.000;
ix) eliminar del artículo 51 en cuanto a la
facultad solicitada del Banco de Previsión Social de incorporar en cargos
presupuestales a los actuales funcionarios contratados de Función
Pública. Asimismo si bien se entiende conveniente mantener la facultad al
Instituto de implantar un programa de incentivo al retiro voluntario de su
personal, se sugiere incorporar que el Fondo de Participación que le
correspondería a los funcionarios que se acojan al programa de incentivo
al retiro (una vez financiados los retiros con dicho fondo) no se
distribuirá entre el resto del personal sino que se integrará a los
ingresos del Banco de Previsión Social;
x) reiterar lo sugerido en el Presupuesto
2001 respecto de la no inclusión de los Directores en el Fondo de
Participación por lo que se sugiere la eliminación del párrafo del
artículo 3 del Proyecto de Normas Presupuestales 2002 referido a esta
compensación;
xi) ajustar la remuneración de los
integrantes del Directorio a lo dictaminado por el rribunal de Cuentas en
su acuerdo de fecha 20 de junio de 2002
III) Que por
Resolución de 29 de agosto de 2001, el Tribunal de Cuentas emitió su
dictamen constitucional respecto del mismo proyecto de Presupuesto
disponiendo formular observaciones al mismo por existir una contradicción
entre lo dispuesto por los artículos 50 y 55 Numeral 2) ya que el
artículo 50 autoriza con carácter excepcional para el ejercicio 2002,
las trasposiciones entre los distintos renglones del Rubro 0
"Retribuciones de Servicios Personales" a los efectos de atender
las necesidades emergentes de la aplicación de la Reestructura Orgánica
Funcional, y por el artículo 55 Numeral 2) se señalan limitaciones a las
trasposiciones del Rubro 0;
IV) Que el Directorio
del Banco de Previsión Social por Resolución N°45-47/01 de 19 de
diciembre de 2001 y Nota N° 473/02 de 1° de agosto de 2002 realizó
ajustes en su proyecto de presupuesto pero los mismos no cumplen con las
sugerencias de la oficina de Planeamiento y Presupuesto en cuanto a:
i) incorporar al artículo 49 del Proyecto
de Normas Presupuestales que el Fondo de Participación que le
correspondería a los funcionarios que se acojan al programa de incentivo
al retiro (una vez financiados los retiros con dicho fondo) no se
distribuirá entre el resto del personal sino que se integrará a los
ingresos del Banco de Previsión Social;
ii) eliminar del Artículo 3° del Proyecto
de Normas Presupuestales el párrafo correspondiente a la inclusión de
los Directores en el Fondo de Participación;
iii) ajustar la remuneración de los
integrantes del Directorio a lo Dictaminado por el Tribunal de Cuentas en
su acuerdo de fecha 20 de junio de 2002;
iv) eliminar la totalidad de las vacantes
existentes a excepción de las que serán ocupadas por los cinco cargos de
Gerentes Regionales y los tres cargos de Gerentes de Repartición, Área y
Sector respectivamente;
v) reducir el Presupuesto de Inversiones a
un monto total equivalente a U$S 12,000.000 (dólares estadounidenses doce
millones) no pudiendo superar el Rubro 3 "Servicios No
Personales" el equivalente a U$S 8,500.000 (dólares estadounidenses
ocho millones quinientos mil)
V) Que por Resolución
de 6 de febrero de 2002, el Tribunal de Cuentas emitió nuevo dictamen
respecto de los ajustes realizados al proyecto de presupuesto 2002
disponiendo levantar la observación formulada con fecha 29 de agosto de
2001
CONSIDERANDO: Que surge
de lo expresado que en el caso se da la situación de que no media
conformidad respecto del Proyecto de Presupuesto, entre el Ente y el Poder
Ejecutivo, por lo que corresponde su observación por parte de este
último
ATENTO: A lo
establecido en el artículo N° 221 de la Constitución de la República y
a lo expresado precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
1°. Obsérvase el
proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco de Previsión Social, correspondiente al ejercicio
2002, aprobado por Resolución de su Directorio N° 45-47/01 de 19 de
diciembre de 2001 y Nota N° 473/02 de 1° de agosto de 2002, de acuerdo
con lo expuesto en el Resultando IV.
2°. Remítase al Banco
de Previsión Social.
3°.
Comuníquese,
publíquese, etc.-
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