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       19/12/02 
      19/12/02 – SE ACEPTA OFERTA PARA LA
      COMPRA DE FRACCIÓN DE UNIDAD DE PROPIEDAD HORIZONTAL
      
       
      VISTO: la
      oferta presentada por la señora Liliana Sofía Chocho Valentín para la
      compra de la fracción de la Unidad de Propiedad Horizontal número 001,
      padrón 82/001 , ubicada en la localidad de Florencio Sánchez,
      Departamento de Colonia; 
      RESULTANDO:
      que dicha oferta asciende a la suma de U$S 10.000 ( dólares americanos
      diez mil) ; 
      CONSIDERANDO:
      I) que por resolución del Poder Ejecutivo de 1°. de julio de 1997
      (Interna No.135/97) se autorizó al Ministerio de Salud Pública a vender
      el bien de conformidad con lo dispuesto por el articulo 343 de la Ley N°
      13.835 de 7 de enero de 1970, proveniente de la Testamentaria de Doña
      Raquel Quintela Blengio, destinando el producido al Hospital Rogelio C.
      Sosa de la ciudad de Cardona, Departamento de Soriano; 
      II) que
      el bien de referencia salió a la venta en el llamado de precios N° 47/01
      de 6 de noviembre de 2001, quedando en régimen de venta libre; 
      III) que
      dicho bien fue declarado prescindible para el desenvolvimiento de los
      cometidos sustanciales del Estado por el Decreto del Poder Ejecutivo N°
      65/002 de 8 de febrero de 2002;  
      IV) lo
      informado por la División Jurídico- Notarial; 
       
      
       
      ATENTO:
      a lo dispuesto por el articulo 343 de la Ley No.13.835 de 7 de enero de
      1970, modificativas y concordantes y a lo precedentemente expuesto; 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.-
      Acéptase la oferta presentada por la señora LILIANA SOFÍA CHOCHO
      VALENTÍN para la compra de la fracción de la Unidad de Propiedad
      Horizontal número 001, padrón 82/001, ubicada en la localidad de
      Florencio Sánchez, Departamento de Colonia, por la suma de U$S 10.000
      (dólares americanos diez mil). 
      2°.- El producido de dicha venta se
      destinará al Hospital Rogelio C. Sosa de la ciudad de Cardona. 
      3°.- Facúltase al señor Ministro
      de Salud Pública a otorgar y suscribir la documentación necesaria a los
      fines de la enajenación que se realice. 
      4°.-
      Comuníquese.
       
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