27/12/02
24/12/02
– DÉJASE SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2001
VlSTO:
la resolución de
fecha 16 de octubre de 2001 por la cual se autorizó la enajenación de
parte del padrón N° 300 ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro
Largo, de acuerdo al procedimiento establecido por el art, 343 de la Ley
13,835 de 7 de enero de 1970.-
RESULTANDO:
que posteriormente la
Jefatura de Policía de Cerro Largo expresó que el predio que se
proyectaba vender podría ser útil para construir un depósito para
guardar mercadería proveniente de diversos procedimientos;
CONSIDERANDO:
que, en virtud de lo
expuesto no se debe seguir adelante con el procedimiento de enajenación.
ATENTO:
a lo precedentemente
expuesto;-
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°)
DEJASE sin efecto la
resolución de fecha 16 de octubre de 2001 por la cual se autorizó a
enajenar parte del padrón N° 300, de la ciudad de Río Branco,
Departamento de Cerro Largo.-
2°)
PUBLIQUESE
y pase a la Jefatura de Policía de Cerro Largo a sus efectos.-
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