27/12/02

24/12/02 – DÉJASE SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2001

VlSTO: la resolución de fecha 16 de octubre de 2001 por la cual se autorizó la enajenación de parte del padrón N° 300 ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro Largo, de acuerdo al procedimiento establecido por el art, 343 de la Ley 13,835 de 7 de enero de 1970.-

RESULTANDO: que posteriormente la Jefatura de Policía de Cerro Largo expresó que el predio que se proyectaba vender podría ser útil para construir un depósito para guardar mercadería proveniente de diversos procedimientos;

CONSIDERANDO: que, en virtud de lo expuesto no se debe seguir adelante con el procedimiento de enajenación.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°) DEJASE sin efecto la resolución de fecha 16 de octubre de 2001 por la cual se autorizó a enajenar parte del padrón N° 300, de la ciudad de Río Branco, Departamento de Cerro Largo.-

2°) PUBLIQUESE y pase a la Jefatura de Policía de Cerro Largo a sus efectos.-