27/12/02
26/12/02
– SEGURO DE DESEMPLEO PARA ANCERS S.A.
VISTO:
La solicitud de la empresa ANCERS S.A. a fin de que se otorgue el
beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión
Social, a 10 (diez), de sus trabajadores.
RESULTANDO:
Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el envío del
personal de la misma al Seguro por Desempleo, que en la actualidad no
puede ser reintegrado.
CONSIDERANDO:
I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados
por el inciso 2° del artículo 10° del Decreto-Iey N° 15.180
II)
Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por
Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas
necesarias a efectos de mantener la fuente de
trabajo a dicho personal
ATENTO:
A lo precedentemente expuesto ya lo establecido en el artículo 10° del
Decreto Ley N°15 .180 de 20 de agosto de 1981.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Otórguese por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 10 (diez)
trabajadores de la firma ANCERS S.A. que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.
2°)
EI monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará de
conformidad a lo que dispone el artículo 6° del Decreto Ley N° 15.180,
de 20 de agosto de 1981.
3°)
Comuníquese, publíquese, etc.
|