27/12/02

26/12/02 – SEGURO DE DESEMPLEO PARA ANCERS S.A.

VISTO: La solicitud de la empresa ANCERS S.A. a fin de que se otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 10 (diez), de sus trabajadores.

RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo, que en la actualidad no puede ser reintegrado.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados por el inciso 2° del artículo 10° del Decreto-Iey N° 15.180

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal

ATENTO: A lo precedentemente expuesto ya lo establecido en el artículo 10° del Decreto Ley N°15 .180 de 20 de agosto de 1981.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Otórguese por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 10 (diez) trabajadores de la firma ANCERS S.A. que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo.

2°) EI monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará de conformidad a lo que dispone el artículo 6° del Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981.

3°) Comuníquese, publíquese, etc.