31/12/02
31/12/02
– ACEPTACIÓN DE DONACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA
VISTO:
la donación de 300.506,06 Euros (trescientos mil quinientos seis euros
con 06/100) otorgada a la República por el Gobierno del Reino de España,
a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI);
RESULTANDO:
I) que dicho ofrecimiento tiene como objeto la financiación de los
siguientes Proyectos: "Formación para el mejoramiento de la acción
educativo -social orientada a adolescentes", " Apoyo al Programa
de Ancianidad del Ministerio de Salud Pública para una política de
formación de recursos humanos", "Técnicas de Rehabilitación
para Niños con Déficit Motriz", "Fortalecimiento de la
Formación Docente el Uruguay", "Inserción de Parques
Industriales", "Evaluación y promoción de la calidad de la
carne y otros Productos agroalimentarios uruguayos en base a los
estándares de calidad de la Unión Europea y en función de distintos
sistemas productivos del Uruguay", "Fortalecimiento de los
recursos humanos en el área de los seguros agrarios",
"Desarrollo del Ecoturismo en la Reserva de Biosfera Bañados del
Este", "Desarrollo Institucional del Ministerio Público y
Fiscal uruguayo", y " Análisis de la Regionalización para el
Desarrollo Local"; lo que resulta conveniente para los intereses del
Estado.
II)
que dicho ofrecimiento, bajo la forma de una donación modal, cuya
aceptación se autoriza por esta Resolución, contiene en su numeral 6°
literal c ), la condición de que las asistencias o consultorías que
requieran dichos Proyectos sean realizadas por instituciones, agentes o
empresas españolas, o en su defecto, mediante contratación local, razón
por la cual no será de aplicación, en la especie, lo dispuesto en el
artículo 35° del TOCAF;
III)
que a fin de ejecutar el objeto de la subvención, los recursos referidos
serán asignados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) a
efectos de que proceda a instrumentar la utilización de dichos fondos.
CONSIDERANDO:
1) la conveniencia en aceptar la subvención ofrecida. ll) que el Convenio
Básico de Cooperación Científica y Tecnológica suscrito entre el
Gobierno del Reino de España y el Gobierno de Uruguay el 29 de noviembre
de 1974, el Convenio de Cooperación Técnica de 4 de noviembre de 1987, y
el Tratado General de Cooperación y Amistad entre nuestro país y el
Reino de España firmado en Madrid el 23 de julio de 1992, establecen las
normas básicas de cooperación entre ambos Gobiernos
III)
que el artículo 19° del Decreto-Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de
1982, el artículo 13° del Decreto Reglamentario N° 614/992, de 11 de
diciembre de 1992 y el artículo 4° del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera de 1996, habilitan al Poder Ejecutivo a
autorizar la apertura de cuentas en instituciones financieras privadas;
IV)
que en tal sentido la AECI ha solicitado que los fondos girados se
depositen en una cuenta corriente en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria
(BBVA) en nuestro país, cuya titularidad corresponderá a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto;
ATENTO:
a lo expuesto, ya lo dispuesto por el Decreto N° 91/997 de 19 de marzo de
1997 que en materia de competencia de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, establece su potestad de coordinación en la ejecución de
los programas y proyectos de cooperación internacional.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°
-Autorizase al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Cr.
Ariel Davrieux, a aceptar en representación de la República la
subvención de 300.506,06 Euros (trescientos mil quinientos seis euros con
06/100) otorgada por el Reino de España a través de la Agencia Española
de Cooperación Internacional (AECI) para la realización de los proyectos
mencionados en el Resultando I.
2°
-Cométese al Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la
suscripción con personas físicas o jurídicas -publicas y privadas -de
los convenios y contratos necesarios para la ejecución de los referidos
proyectos.
3°
-Otórgase a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la facultad de
disponer de los fondos provenientes de la subvención con arreglo al
objeto previsto.
4°
Autorizase la apertura por parte de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, de una cuenta corriente por la donación recibida en el Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) a los efectos de depositar dichos fondos.
5°
Comuníquese, etc.
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