16/01/03

15/01/03 – SE AUTORIZA TRANSFERENCIA POR ASISTENCIA FINANCIERA AL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES POLICIALES PARA EL EJERCICIO 2003

VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial del Ministerio del Interior solicitando asistencia financiera para el Servicio de Retiros y Pensiones Policiales correspondiente al ejercicio 2003.-

RESULTANDO: I) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto evalúa positivamente la asistencia a otorgar, por la suma de $ 1.292:040.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos noventa y dos millones cuarenta mil) .-

II) que con respecto a la asistencia complementaria del ejercicio 2002, aprobada por Resolución de 6 de noviembre de 2002, sugiere su disminución en la suma de $ 22:800.000,00 (pesos uruguayos veintidós millones ochocientos mil), a partir de la revisión de las cifras presentadas por esa Dirección Nacional.-

III) que la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas no ha formulado observaciones.-

IV) que la presente erogación deberá ser atendida por el Ministerio de Economía y Finanzas con Financiación 1.1, Inciso 22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.-

CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 47° del Decreto-Ley N° 14.550, de 10 de agosto de 1976.-

ATENTO: a lo expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase a Transferir a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial del Inciso 04 "Ministerio del Interior" la suma de $ 1.292:040.000,00 (pesos uruguayos mil doscientos noventa y dos millones cuarenta mil) en Concepto de asistencia financiera del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales para el ejercicio 2003.-

2°) La presente erogación será atendida por el Ministerio de Economía y Finanzas, Con Financiación 1.1, Inciso 22, Programa 003, Objeto del Gasto 513, Auxiliar 003.-

3°) Disminúyase la asistencia financiera complementaria del ejercicio 2002, autorizada por Resolución de 6 de noviembre de 2002, en la suma de $ 22:800.000,00 (pesos uruguayos veintidós millones ochocientos mil) -

4°) Comuníquese, y pase a sus efectos al Departamento Técnico Financiero del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.-