16/01/03
15/01/03 –
SE DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A VÍCTOR JUAN ZÚCCOLO
VISTO: las
presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y
Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero
CONCESIÓN PARA EXPLOTAR concedido a VÍCTOR JUAN ZÚCCOLO por resolución
de 8 de mayo de 1985 sobre un yacimiento de arcilla caolinítica, por el
plazo de treinta años en la 6a Sección Judicial del
Departamento de Durazno;
RESULTANDO:
I) que el titular falleció el 11 de febrero de 2001, siendo de estado
civil casado con María Mercedes Romero Laffite, la que resulta única y
universal heredera del causante;
II) que la
sucesora no dio cumplimiento a los extremos requeridos por el art, 14 del
Código de Minería para verificar la trasmisión por causa de muerte del
derecho minero;
CONSIDERANDO:
que de acuerdo a lo establecido en los artículos 57 y 59 lit. c) del
Código de Minería, la falta de cumplimiento de la sucesora de Víctor
Juan Zúccolo configura la caducidad del derecho minero;
ATENTO: a
lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería ,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase
que se ha producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA
EXPLOTAR otorgado a VÍCTOR JUAN ZÚCCOLO por resolución de 8 de mayo de
1985, por el plazo de 30 años, sobre un yacimiento de arcillas
caoliníticas, afectando parcialmente los padrones 2453 y 2455, en una
superficie de 30 hás. de la 6a Sección Judicial del
Departamento de Durazno.
2°.-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus
efectos.-
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