16/01/03

15/01/03 – SE DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A GEOLAR S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado por resolución de 26 de junio de 1992 a EDELFIN S.A., y autorizada la cesión a GEOLAR S.A. el 11 de diciembre de 1996, sobre un yacimiento de granito negro en la 4a Sección Judicial del Departamento San José;

RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho título se estableció en treinta años labrándose el Acta de toma de posesión de la mina el 22 de julio de 1992;

II) que por resolución de 11 de diciembre de 1996 se autorizó la cesión a GEOLAR S.A. y se labró el Acta de cesión de derechos el 16 de diciembre de 1996;

III) la concesionaria ha incurrido en falta de pago de dos años continuos del canon de producción;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal prevista en el artículo 21, ordinal II), literal c), num.1 del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado por resolución de 26 de junio de 1992 a EDELFIN S.A. y autorizada la cesión el 11 de diciembre de 1996 a GEOLAR S.A. sobre un yacimiento de granito negro afectando el padrón 4221, en 30 hás. 5492 m2 en la 4a Sección Judicial del Departamento de San José

2º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-