16/01/03
15/01/03 –
SE DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A GEOLAR S.A.
VISTO: las
presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y
Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero CONCESIÓN
PARA EXPLOTAR otorgado por resolución de 26 de junio de 1992 a EDELFIN
S.A., y autorizada la cesión a GEOLAR S.A. el 11 de diciembre de 1996,
sobre un yacimiento de granito negro en la 4a Sección Judicial
del Departamento San José;
RESULTANDO:
I) que el plazo de vigencia de dicho título se estableció en treinta
años labrándose el Acta de toma de posesión de la mina el 22 de julio
de 1992;
II) que
por resolución de 11 de diciembre de 1996 se autorizó la cesión a
GEOLAR S.A. y se labró el Acta de cesión de derechos el 16 de diciembre
de 1996;
III) la
concesionaria ha incurrido en falta de pago de dos años continuos del
canon de producción;
CONSIDERANDO:
que habiéndose configurado la causal prevista en el artículo 21,
ordinal II), literal c), num.1 del Código de Minería, corresponde
declarar su caducidad;
ATENTO: a
lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.- Declárase
que se ha producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA
EXPLOTAR otorgado por resolución de 26 de junio de 1992 a EDELFIN S.A. y
autorizada la cesión el 11 de diciembre de 1996 a GEOLAR S.A. sobre un
yacimiento de granito negro afectando el padrón 4221, en 30 hás. 5492 m2
en la 4a Sección Judicial del Departamento de San José
2º.-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus
efectos.-
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