16/01/03
15/01/03 –
SE DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN A TONER S.A.
VISTO: las
presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y
Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE
EXPLORACIÓN concedido a TONER S.A. por resolución de 28 de agosto de
1990 y sus modificativas, en busca de granito, en la 8a
Sección Judicial del Departamento de Canelones;
RESULTANDO:
I) que el referido título fue otorgado por el plazo de 24 meses y
notificado el 26
de setiembre de 1990;
II) que
el 26 de diciembre de 1990 fue suspendido el cómputo del plazo de
vigencia del título minero a partir de 17 de octubre de 1990 hasta el
otorgamiento y notificación de la resolución imponiendo la servidumbre
respectiva, el que fuera modificado el 8 de febrero de 1993 suspendiendo
dicho cómputo hasta que se haga efectiva la ocupación del área;
III) que
el 17 de octubre de 2000 se levantó la suspensión del cómputo del plazo
por no haber acreditado el titular el trámite judicial para efectivizar
el ingreso al predio;
CONSIDERANDO:
que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de
validez del título minero prevista en el artículo 21, ordinal I),
literal a), del Código de Minería corresponde declarar su caducidad;
ATENTO: a
lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°.- Declárase
que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE
EXPLORACIÓN concedido a TONER S.A. por resolución de 28 de agosto de
1990 y sus modificativas, en busca de granito afectando parcialmente los
padrones 16855, 39505 y 39506, en un área de 17 hás. 3061 m2,
en la 8a Sección Judicial del Departamento de Canelones
2º.-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus
efectos.-
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