21/01/03

21/01/03 – SE MANTIENE RESOLUCIÓN DE 19/07/02 POR LA QUE SANCIONA A LA EMPRESA POLAKOF & CIA. S.A.

VISTO: Los recursos presentados por la empresa Polakof & Cía. S.A. contra la resolución del Ministerio del Interior de fecha 19 de julio de 2002, por la cual se le impuso una multa de UR 97,50 (unidades reajustables noventa y siete con cincuenta), por no reunir los requisitos mínimos de seguridad;

RESULTANDO: I) que la empresa recurrente se agravia expresando que ha cumplido con los requisitos de seguridad.

II) que la misma afirma que mientras se implementaban las medidas exigidas, siguiendo un instructivo del Registro Nacional de Empresas de Seguridad, dos funcionarios policiales cumplieron tareas de vigilancia los días de pagos del Banco de Previsión Social, de acuerdo al régimen del artículo 222 de la Ley Nº 13.318 de 28 de diciembre de 1964.

III) que asimismo solicita una nueva inspección para corroborar que se ha cumplido con lo ordenado, y que debería considerarse que no registra anotaciones negativas en sus antecedentes;

CONSIDERANDO: I) que desde que se efectuaron las inspecciones por el RENAEMSE, y sus respectivos informes, hasta la imposición de la recurrida sanción, transcurrieron más de dos años, durante los cuales la empresa Polakof & Cía. S.A. operó sin la debida habilitación impuesta por los artículos 1° , 3 y 5 del Decreto 275/99, por lo que la misma ha prestado servicios en forma irregular;

II) que la nueva inspección solicitada a efectos de corroborar que actualmente se están dando cumplimiento a las exigencias de seguridad marcadas por el RENAEMSE, resulta improcedente a fin de revisar la sanción impuesta, por cuanto el cumplimiento actual no enerva la falta cometida;

III) que la multa se ha establecido de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 120 de la ley 16.320, y por tanto la Administración ha procedido de acuerdo a derecho;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 275/99 de 14 de setiembre de 1999.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) Confírmase la resolución del Ministerio del Interior de fecha 19 de julio de 2002, por la cual se sanciona a la empresa Polakof & Cía. S.A. imponiéndose una multa de UR 97,50 (unidades reajustables noventa y siete con cincuenta). 

2º) Comuníquese, notifíquese, etc.