21/01/03

21/01/03 – SE PRORROGA CONTRATO DE NIÑO CANTOR

VISTO: el planteamiento de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, Programa 008 del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", tendiente a prorrogar el contrato del Niño Cantor Juan Andrés Espino Segade.

RESULTANDO: que la suscripción del contrato original data del 17 de noviembre de 1993 por lo que la renovación se encuentra incluida en la excepción prevista por el artículo 1° del Decreto N° 208/002, de 11 de junio de 2002 a la prohibición general de contratos de personal y renovación de los mismos dispuesta por el Decreto N° 158/002, de 30 de abril de 2002.

CONSIDERANDO: que dicha prórroga de Contrato resulta imprescindible a los efectos de asegurar la continuidad de los servicios de la mencionada Unidad Ejecutora.

ATENTO: a lo informado por División Contabilidad y Finanzas, la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Autorízase a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, Programa 008 del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", a prorrogar la extensión del Contrato oportunamente suscrito al Sr. Juan Andrés Espino Segade Cédula de Identidad 2.814.144-4, por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2002 y el 31 de marzo de 2003, como Niño Cantor Escalafón R Grado 01, con una asignación mensual de $ 1.499,00 (pesos uruguayos mil cuatrocientos noventa y nueve), financiada con cargo a la partida otorgada por el artículo 539° de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967.

2º) Comuníquese y pase a sus efectos a la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido archívese.