21/01/03
21/01/03 –
SE PRORROGA CONTRATO DE NIÑO CANTOR
VISTO: el
planteamiento de la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, Programa
008 del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas",
tendiente a prorrogar el contrato del Niño Cantor Juan Andrés Espino
Segade.
RESULTANDO: que
la suscripción del contrato original data del 17 de noviembre de 1993 por
lo que la renovación se encuentra incluida en la excepción prevista por
el artículo 1° del Decreto N° 208/002, de 11 de junio de 2002 a la
prohibición general de contratos de personal y renovación de los mismos
dispuesta por el Decreto N° 158/002, de 30 de abril de 2002.
CONSIDERANDO:
que dicha prórroga de Contrato resulta imprescindible a los efectos de
asegurar la continuidad de los servicios de la mencionada Unidad
Ejecutora.
ATENTO: a
lo informado por División Contabilidad y Finanzas, la Contaduría General
de la Nación y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1º)
Autorízase a la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas, Programa
008 del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", a
prorrogar la extensión del Contrato oportunamente suscrito al Sr. Juan
Andrés Espino Segade Cédula de Identidad 2.814.144-4, por el período
comprendido entre el 1° de diciembre de 2002 y el 31 de marzo de 2003,
como Niño Cantor Escalafón R Grado 01, con una asignación mensual de $
1.499,00 (pesos uruguayos mil cuatrocientos noventa y nueve), financiada
con cargo a la partida otorgada por el artículo 539° de la Ley N°
13.640, de 26 de diciembre de 1967.
2º)
Comuníquese y pase a sus efectos a la División Contabilidad y Finanzas
del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido archívese.
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