05/02/03

04/02/03 – SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE ASISTENCIA MÉDICA HOSPITALARIA PARA FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR

VISTO: el artículo 44 de la Ley 15.767 del 11 de setiembre de 1985, que autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a contratar un seguro de cobertura Médico-Hospitalaria para los funcionarios de dicho inciso y su núcleo familiar, cuando presenten funciones en el exterior;

RESULTANDO: I) que dicha cobertura se encontraba contemplada por el contrato celebrado entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Banco de Seguros del Estado con vigencia hasta el 31 de enero de 2003, la que abarcaba además los riesgos de Vida, Muerte Accidental y Desmembramiento;

II) que en forma previa al vencimiento del contrato relacionado, se iniciaron las gestiones correspondientes con el Banco de Seguros del Estado tendientes a la renovación de la póliza vigente;

III) que luego de haberse considerado una serie de alternativas, evaluando por una parte los índices de siniestralidad de la póliza anterior y por otra parte el interés del Ministerio de Relaciones Exteriores en reducir el costo de la misma, se ha considerado positiva la propuesta elevada por el Banco de Seguros del Estado, con fecha 26 de noviembre de 2002, cuyo costo anual se estima se situaría en la suma de U$S 1:543.019,60;

CONSIDERANDO: I) que por encuadrarse en términos razonables, la propuesta de renovación formulada por el Banco de Seguros del Estado con fecha 26 de noviembre de 2002, ha resultado procedente su aceptación;

II) que el Tribunal de Cuentas de la República se ha expedido sin formular observaciones, en la carpeta Número 170.110/2001;

ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 44 de la ley 15.767 del 11 de setiembre de 1985, artículo 85 de la Ley 12.802 de 30 de noviembre de 1960 en la redacción dada por el artículo 227 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990 y a lo dispuesto por el artículo 33, numeral 3 literal A) del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado; 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Autorizase al Ministerio de Relaciones Exteriores la contratación de un Seguro de Asistencia Médico Hospitalaria con el Banco de Seguros del Estado, por el plazo de un año, para los funcionarios de dicho inciso y su núcleo familiar, cuando presten funciones en el exterior de acuerdo a la propuesta presentada por dicha institución el 26 de noviembre de 2002, que incluyen los riesgos de Desmembramiento, Muerte Accidental y de Vida

2°. El costo anual de la contratación a realizarse, no podrá superar la suma de Dólares Estadounidenses Un millón quinientos cuarenta y tres mil cero diecinueve mil con 60/100 (U$S 1:543.019,60)

3°. Notifíquese y remítase copia al Tribunal de Cuentas de la República, oportunamente archívese.-