05/02/03

05/02/03 – SE AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

VISTO: el Convenio a suscribir entre el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Defensa Nacional;

RESULTANDO: I) el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca viene ejecutando el “Proyecto Uruguay Rural”, destinado a la atención de la población rural en condiciones de pobreza. En el marco de dicho Proyecto se ha detectado la necesidad de muchos de los beneficiarios de acceder a .fuentes de agua, tanto para el consumo humano como para la producción, así como la imposibilidad de muchos de ellos de acceder a la línea de financiamiento disponibles en el sistema bancario para concretar tales obras;

II) el Ministerio de Defensa Nacional posee el personal idóneo y la maquinaria necesaria para la realización de las tareas relativas al alumbramiento de aguas subterráneas y construcción de reservas de agua superficiales;

Ill) en el referido Convenio las partes acuerdan coordinar sus actividades de forma que los beneficiarios del “Proyecto Uruguay Rural”, puedan acceder a fuentes de agua que permitan mejorar su calidad de vida e ingresos;

lV) las actuaciones .fueron analizadas por las Oficinas técnicas pertinentes de los Ministerios de Defensa Nacional y de Ganadería, Agricultura y Pesca;

CONSIDERANDO: I) el objetivo del Convenio en vista, que es atender a la población rural en condiciones de pobreza, en cuanto al suministro de agua tanto para consumo como para la producción;

II) conveniente, por tanto, autorizar su suscripción por parte de los mencionados Ministerios, así como declarar de interés nacional al Convenio, en atención a lo solicitado por el Comando General del Ejército;  

ATENTO: a lo expuesto precedentemente,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorizase a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Defensa Nacional a suscribir el Convenio, cuyo texto luce a fs. 10 y 11 de estos obrados, para la realización de obras de alumbramiento de aguas subterráneas y construcción de reservas para aguas superficiales, destinadas a los beneficiarios del “Proyecto Uruguay Rural”.

2°) Declarase de interés nacional al Convenio cuya suscripción se autoriza por el numeral anterior de esta resolución.

3°) Comuníquese y, a sus efectos, vuelva a la División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura Y Pesca.-