11/02/03
11/02/03 – SE AUTORIZA CESIÓN Y
TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE “TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.”
VISTO: la gestión
promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
por la cual la sociedad "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A."
permisionaria del servicio de televisión para abonados de la ciudad de
Trinidad, Departamento de Flores, solicita autorización para la
transferencia de las acciones de los señores Daniel Eduardo Gard Álvarez
y Gustavo Rodolfo Delgado Mlynek, a favor de la señora Nelsa Marbelia
Ríos Ilardulla y del señor Danilo Castellano Novellino,
respectivamente.-
RESULTANDO: que acorde
a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo 865/999 de 28 de
setiembre de 1999, se autorizó la cesión y transferencia de la totalidad
de las acciones de "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", quedando
integrada la misma por los señores Danilo Castellano Novellino, Gustavo
Rodolfo Delgado Mlynek y Daniel Eduardo Gard Álvarez.-
CONSIDERANDO: I) que de
acuerdo a los Contratos de Compraventa de acciones y Derechos
Patrimoniales de fecha 8 de marzo de 2001 y 30 de mayo de 2001, Nelsa
Marbelia Ríos Ilardulla y Danilo Castellano Novellino, respectivamente
adquirieron la totalidad del capital accionario de la mencionada sociedad,
la cual queda integrada por ambos, como únicos accionistas-
II) que los cesionarios
han cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos exigidos por
la normativa aplicable al caso.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 349/990 de 7 de
agosto de 1990, con las modificaciones introducidas por el Decreto 400/000
del 29 de diciembre del 2000, Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990,
Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría
Letrada de la misma.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la
cesión y transferencia de la totalidad de las acciones de la sociedad
"TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", permisionaria del servicio de
televisión para abonados en la ciudad Trinidad del Departamento de Flores
pertenecientes a los señores Daniel Eduardo Gard Álvarez y Gustavo
Rodolfo Delgado Mlynek a favor de los señores Nelsa Marbelia Ríos
Ilardulla y Danilo Castellano Novellino respectivamente.-
2do.- Establécese que
la sociedad "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", quedará integrada por
fa señora Nelsa Marbelia Ríos lIardulla y Danilo Castellano Novellino,
en las proporciones del 60% (sesenta por ciento) y 40% (cuarenta por
ciento) respectivamente, del capital accionario.-
3ro.-
Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) a sus efectos. Cumplido, vuelva.-
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