11/02/03

11/02/03 – SE AUTORIZA CESIÓN Y TRANSFERENCIA DE ACCIONES DE “TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.”

VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) por la cual la sociedad "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A." permisionaria del servicio de televisión para abonados de la ciudad de Trinidad, Departamento de Flores, solicita autorización para la transferencia de las acciones de los señores Daniel Eduardo Gard Álvarez y Gustavo Rodolfo Delgado Mlynek, a favor de la señora Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla y del señor Danilo Castellano Novellino, respectivamente.-

RESULTANDO: que acorde a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo 865/999 de 28 de setiembre de 1999, se autorizó la cesión y transferencia de la totalidad de las acciones de "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", quedando integrada la misma por los señores Danilo Castellano Novellino, Gustavo Rodolfo Delgado Mlynek y Daniel Eduardo Gard Álvarez.-

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a los Contratos de Compraventa de acciones y Derechos Patrimoniales de fecha 8 de marzo de 2001 y 30 de mayo de 2001, Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla y Danilo Castellano Novellino, respectivamente adquirieron la totalidad del capital accionario de la mencionada sociedad, la cual queda integrada por ambos, como únicos accionistas-

II) que los cesionarios han cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos exigidos por la normativa aplicable al caso.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990, con las modificaciones introducidas por el Decreto 400/000 del 29 de diciembre del 2000, Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la cesión y transferencia de la totalidad de las acciones de la sociedad "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", permisionaria del servicio de televisión para abonados en la ciudad Trinidad del Departamento de Flores pertenecientes a los señores Daniel Eduardo Gard Álvarez y Gustavo Rodolfo Delgado Mlynek a favor de los señores Nelsa Marbelia Ríos Ilardulla y Danilo Castellano Novellino respectivamente.-

2do.- Establécese que la sociedad "TRINIDAD VIDEO CABLE S.A.", quedará integrada por fa señora Nelsa Marbelia Ríos lIardulla y Danilo Castellano Novellino, en las proporciones del 60% (sesenta por ciento) y 40% (cuarenta por ciento) respectivamente, del capital accionario.-

3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) a sus efectos. Cumplido, vuelva.-