12/02/03

12/02/03 – SE CALIFICA PROYECTO DE PECOA S.A. PARA LA ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN PÚBLICA 29/002

VISTO: estos antecedentes elevados por el Departamento de Adquisiciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

RESULTANDO: I) por decreto N° 444/001, de 13 de noviembre de 2001, se dispuso, en función de lo preceptuado por el Art. 7° del decreto N° 149/997, de 7 de mayo de 1997, la apertura de la pesquería de la especie "Pez Espada (Xiphias gladius)", por un volumen total de hasta 500 toneladas anuales (peso vivo); 

ll) el Art. 2° del mencionado decreto señala que dicha apertura se llevará a cabo exclusivamente a efectos de acceder a un llamado a licitación pública, para seleccionar proyectos de inversión para la, explotación del volumen que se estime biológicamente conveniente de la referida especie;

Ill) por resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 576/002.. de 29 de julio de 2002, se autorizó el Llamado a Licitación pública N° 29/002, para la presentación de proyectos de inversión a los efectos de la adjudicación de la extracción con palangre pelágico, de un volumen de hasta 500 toneladas anuales de captura total (peso vivo) de la especie Pez Espada (Xiphias gladius) (stock Atlántico Sur);

IV) con fecha 30 de agosto de 2002, se procedió a la recepción de propuestas, con el siguiente resultado,  según ilustra el acta labrada en esa fecha (fs. 617): oferta N° 1, de BEULA S.A.; oferta N° 2, de ORASBA S.A. y oferta N° 3, de PECOA S.A.; en ese acto se realizó la apertura de los sobres Nos. 1 (Propuesta técnica) de los oferentes, procediéndose respecto de los sobres N° 2 (propuesta económica), conforme se indica en el numeral 6.1 del Pliego de Condiciones que rige el llamado;

V) consultados los oferentes respecto del desarrollo legal del acto, manifestaron no tener observaciones que formular;

VI) realizado el análisis jurídico formal de las ofertas (fs. 624 a 627), por parte de la Comisión Asesora de Adjudicaciones se formularon observaciones a las tres propuestas, así como observaciones técnicas a las de las firmas PECOA S.A. y BEULA S.A., según surge del análisis técnico de fs. 628, concediéndose un plazo para el levantamiento de las mismas (Art. 56° TOCAF);

Vll) estudiada la nueva documentación presentada por dos de los oferentes desde el aspecto jurídico-formal y técnico, la citada Comisión Asesora sugiere, con fecha 15 de octubre de 2002, la calificación del proyecto presentado por la firma PECOA S.A. , descalificando los de BEULA S.A y ORASBA S.A. , por las razones señaladas a fs. 667 a 674;

VIll) con fecha 21 de octubre de 2002 se procede a la recepción de documentación que en tiempo hábil fuera aportada por la firma ORASBA S.A. ({s. 842), la que es incorporada a las actuaciones y sometida a consideración de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, la que por acta de fecha 12 de noviembre de 2002, ratifica la opinión anterior de 15 de octubre de 2002 (fs. 855 y vta.);

IX) se dio vista a los oferentes, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 58 del TOCAF, (fs. 858 a 860), interponiendo un recurso la firma BEULA S.A., con fecha 10 de diciembre de 2002;

X) analizado el recurso como una simple petición en los términos establecidos por los Arts. 30 y 318 de la Constitución de la República (Art. 58 del TOCAF), la Comisión Asesora de Adjudicaciones, con fecha 7 de enero de 2003, desestimó las consideraciones formuladas por la peticionante y elevó las actuaciones a los efectos de procederse al dictado del acto administrativo de calificación, así como también, previo cumplimiento de los plazos correspondientes, a la autorización para la fijación de la fecha para la apertura del segundo Sobre (propuesta económica), y la devolución de los otros dos Sobres con las ofertas que no resultaron calificadas (fs. 870 y vta.);

XI) el Departamento de Adquisiciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, elevó los antecedentes a resolución;

CONSIDERANDO: I) los análisis jurídico-formal y técnico de las propuestas presentadas señalan como más conveniente para los intereses del Estado, la Oferta N° 3 de la firma PECOA S.A.;

II) por tanto y conforme lo aconsejado por la Comisión Asesora de Adjudicaciones que intervino en los procedimientos, se procederá a calificar el proyecto presentado por dicha firma y descalificar los presentados por las firmas BEULA S.A., y ORASBA S.A.;

ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 7° del decreto N° 149/997, de 7 de mayo de 1997, decreto N° 444/001, de 13 de noviembre de 2001, Arts. 27 y 33 del TOCAF y el Pliego de Condiciones que rige la presente licitación,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°).- Calificar el proyecto presentado por la firma PECOA S.A. (Oferta N° 3), al llamado a licitación pública N° 29/002, cuyo objeto es la presentación de proyectos de inversión para adjudicar la extracción, con palangre pelágico, de un volumen de hasta 500 (quinientas) toneladas anuales de captura total (peso vivo) de la especie Pez Espada (Xiphias gladius) (Stock Atlántico Sur).

3º).- Autorizar al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para que cumplidos los plazos y trámites que correspondiesen, proceda a fijar el día y hora para el acto de apertura de la propuesta económica de PECOA S.A. (Sobre N° 2) y a devolver los sobres cerrados conteniendo las propuestas económicas (Sobres N° 2) de las firmas BEULA S.A. y ORASBA S.A.-

4°).- Comuníquese y vuelva al Departamento de Adquisiciones para su conocimiento, notificación a todas las firmas intervinientes, en expediente y demás efectos.-