12/02/03
12/02/03
– SE CALIFICA PROYECTO DE PECOA S.A. PARA LA ADJUDICACIÓN DE
LICITACIÓN PÚBLICA 29/002
VISTO:
estos
antecedentes elevados por el Departamento de Adquisiciones del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca;
RESULTANDO:
I)
por decreto N° 444/001, de 13 de noviembre de 2001, se dispuso, en
función de lo preceptuado por el Art. 7° del decreto N° 149/997, de 7
de mayo de 1997, la apertura de la pesquería de la especie "Pez
Espada (Xiphias gladius)", por un volumen total de hasta 500
toneladas anuales (peso vivo);
ll)
el Art. 2° del mencionado decreto señala que dicha apertura se llevará
a cabo exclusivamente a efectos de acceder a un llamado a licitación
pública, para seleccionar proyectos de inversión para la, explotación
del volumen que se estime biológicamente conveniente de la referida
especie;
Ill)
por resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N°
576/002.. de 29 de julio de 2002, se autorizó el Llamado a Licitación
pública N° 29/002, para la presentación de proyectos de inversión a
los efectos de la adjudicación de la extracción con palangre pelágico,
de un volumen de hasta 500 toneladas anuales de captura total (peso vivo)
de la especie Pez Espada (Xiphias gladius) (stock Atlántico Sur);
IV)
con fecha 30 de agosto de 2002, se procedió a la recepción de
propuestas, con el siguiente resultado,
según ilustra el acta labrada en esa fecha (fs. 617): oferta N°
1, de BEULA S.A.; oferta N° 2, de ORASBA S.A. y oferta N° 3, de PECOA
S.A.; en ese acto se realizó la apertura de los sobres Nos. 1 (Propuesta
técnica) de los oferentes, procediéndose respecto de los sobres N° 2
(propuesta económica), conforme se indica en el numeral 6.1 del Pliego de
Condiciones que rige el llamado;
V)
consultados los oferentes respecto del desarrollo legal del acto,
manifestaron no tener observaciones que formular;
VI)
realizado el análisis jurídico formal de las ofertas (fs. 624 a 627),
por parte de la Comisión Asesora de Adjudicaciones se formularon
observaciones a las tres propuestas, así como observaciones técnicas a
las de las firmas PECOA S.A. y BEULA S.A., según surge del análisis
técnico de fs. 628, concediéndose un plazo para el levantamiento de las
mismas (Art. 56° TOCAF);
Vll)
estudiada la nueva documentación presentada por dos de los oferentes
desde el aspecto jurídico-formal y técnico, la citada Comisión Asesora
sugiere, con fecha 15 de octubre de 2002, la calificación del proyecto
presentado por la firma PECOA S.A. , descalificando los de BEULA S.A y
ORASBA S.A. , por las razones señaladas a fs. 667 a 674;
VIll)
con fecha 21 de octubre de 2002 se procede a la recepción de
documentación que en tiempo hábil fuera aportada por la firma ORASBA
S.A. ({s. 842), la que es incorporada a las actuaciones y sometida a
consideración de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, la que por acta
de fecha 12 de noviembre de 2002, ratifica la opinión anterior de 15 de
octubre de 2002 (fs. 855 y vta.);
IX)
se dio vista a los oferentes, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 58
del TOCAF, (fs. 858 a 860), interponiendo un recurso la firma BEULA S.A.,
con fecha 10 de diciembre de 2002;
X)
analizado el recurso como una simple petición en los términos
establecidos por los Arts. 30 y 318 de la Constitución de la República
(Art. 58 del TOCAF), la Comisión Asesora de Adjudicaciones, con fecha 7
de enero de 2003, desestimó las consideraciones formuladas por la
peticionante y elevó las actuaciones a los efectos de procederse al
dictado del acto administrativo de calificación, así como también,
previo cumplimiento de los plazos correspondientes, a la autorización
para la fijación de la fecha para la apertura del segundo Sobre
(propuesta económica), y la devolución de los otros dos Sobres con las
ofertas que no resultaron calificadas (fs. 870 y vta.);
XI)
el Departamento de Adquisiciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca, elevó los antecedentes a resolución;
CONSIDERANDO:
I)
los análisis jurídico-formal y técnico de las propuestas presentadas
señalan como más conveniente para los intereses del Estado, la Oferta
N° 3 de la firma PECOA S.A.;
II)
por tanto y conforme lo aconsejado por la Comisión Asesora de
Adjudicaciones que intervino en los procedimientos, se procederá a
calificar el proyecto presentado por dicha firma y descalificar los
presentados por las firmas BEULA S.A., y ORASBA S.A.;
ATENTO:
a
lo preceptuado por el Art. 7° del decreto N° 149/997, de 7 de mayo de
1997, decreto N° 444/001, de 13 de noviembre de 2001, Arts. 27 y 33 del
TOCAF y el Pliego de Condiciones que rige la presente licitación,
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
1°).-
Calificar el proyecto presentado por la firma PECOA S.A. (Oferta N° 3),
al llamado a licitación pública N° 29/002, cuyo objeto es la
presentación de proyectos de inversión para adjudicar la extracción,
con palangre pelágico, de un volumen de hasta 500 (quinientas) toneladas
anuales de captura total (peso vivo) de la especie Pez Espada (Xiphias
gladius) (Stock Atlántico Sur).
3º).-
Autorizar al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para que
cumplidos los plazos y trámites que correspondiesen, proceda a fijar el
día y hora para el acto de apertura de la propuesta económica de PECOA
S.A. (Sobre N° 2) y a devolver los sobres cerrados conteniendo las
propuestas económicas (Sobres N° 2) de las firmas BEULA S.A. y ORASBA
S.A.-
4°).-
Comuníquese y vuelva al Departamento de Adquisiciones para su
conocimiento, notificación a todas las firmas intervinientes, en
expediente y demás efectos.-
|